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Título : “CARGOS POR SERVICIOS NO FINANCIEROS, DE TERCEROS SIN LA AUTORIZACIÓN PRECISA Y EXPRESA DEL USUARIO”
Autor : González Fárez, Guido Adálfer
Acaro Orbe, José Stalin
Palabras clave : DERECHO
CÓDIGO MONETARIO
Fecha de publicación : 9-mar-2021
Editorial : Loja, 9 de marzo de 2021
Resumen : La presente investigación que se presenta bajo la modalidad de tesis hace referencia a un problema jurídico que merece transformarse para solucionar y superar la problemática socio jurídica que se identifica en el artículo 152 del Código Monetario y Financiero, que establece que las personas tienen derecho a disponer de servicios financieros de adecuada calidad, así como una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características, mismo que no es garantizado y desarrollado en el artículo 248, que establece “Artículo 248.- Cargos por servicios no financieros. Las entidades del sistema financiero nacional no podrán efectuar cargo alguno por la prestación de servicios distintos de los financieros, a nombre de terceros, si no cumplen con la regulación que la Junta de Política de Regulación Monetaria y Financiera; expida para el efecto o no cuentan con la aceptación previa y expresa del usuario. La aceptación deberá ser comprobable por cualquier forma reconocida por la ley. Los cargos cobrados que no cuenten con la aceptación expresa del usuario deberán ser restituidos, sin perjuicio de las sanciones a las que hubiere lugar.”, puesto que, establece el reconocimiento de la aceptación de cobro por cualquier medio desprotegiendo al tarjetahabiente; por lo que es necesario incorporar un inciso que regule las actividades de terceros dentro de las entidades financieras para la aplicación y el cobro por servicios ajenos a la entidad financiera, mediante la aceptación expresa por medio de contrato escrito o electrónico.
Descripción : The present research presented under the thesis modality refers to a legal problem that deserves to be transformed to solve and overcome the socio-legal problem identified in article 152 of the Organic Monetary and Financial Code, which states that people have the right to have adequate quality financial services, as well as accurate and non- misleading information about its content and characteristics, which is not guaranteed and developed in article 248, which establishes “Article 248.- Charges for non-financial services. The entities of the national financial system may not charge for the provision of services other than financial services, on behalf of third parties, if they do not comply with the regulations issued by the Board for this purpose or do not have the prior and express acceptance of the user . Acceptance must be verifiable by any means recognized by law. Charges charged that do not have the express acceptance of the user must be restored, without prejudice to the penalties to which they may apply. ” since, it establishes the recognition of the acceptance of payment by any means unprotecting the cardholder; Therefore, it is necessary to incorporate a subsection that regulates the activities of third parties within the financial entities for the application and the charge for services outside the financial entity, by express acceptance by means of a written or electronic contract.
URI : https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/23882
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