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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/23845
Título : | “Obligatoriedad de la Participación en Actividades y Programas en los Centros de Privación de la Libertad para las Personas Privadas de la Libertad con Penas Superiores a Cinco Años |
Autor : | Jaramillo Serrano., Jenny Sarango Robles, Elsa Piedad |
Palabras clave : | DERECHO CENTROS DE PRIVACIÒN DE LIBERTAD CINCO AÑOS DE PRISIÒN |
Fecha de publicación : | 22-feb-2021 |
Editorial : | Loja, 22 de febrero de 2021 |
Resumen : | 2. RESUMEN La Obligatoriedad de la participación en actividades y programas en los centros de privación de la libertad para las personas privadas de la libertad con penas superiores a cinco años en la actualidad debe ser un tema de importancia y relevancia social que conlleve a subsanar tanto la crisis carcelaria que atraviesa nuestro país en los centros penitenciario así como la vulneración de los derechos de estos grupos vulnerables con el fin de que el Sistema Nacional de Rehabilitación Social cumpla con las finalidades que se ha propuesto. La presente investigación que se presenta bajo la modalidad de tesis, hace referencia a un problema jurídico que merece transformarse para solucionar y superar la problemática socio jurídica que se identifica en el artículo 702 del Código Orgánico Integral Penal el mismo que establece como eje de tratamiento de rehabilitación social de las personas privadas de la libertad la actividad laboral e inclusive se estipulan remuneraciones para esta actividad, sin embargo el artículo 9 del mismo código establece la participación voluntaria de estas personas en las actividades y programas implementados en los centros de privación de libertad, no obstante, la mayoría de las personas privadas de libertad no ejecutan ninguna actividad laboral, tampoco participan de las actividades y programas, por lo que es necesario que sea obligatorio la participación de éstas personas en las actividades y programas, así como en el trabajo implementadas en los Centros de Atención Integral a 3 Personas Adultas Privadas de Libertad, cuando estos hayan sido sentenciadas con penas superiores a cinco años, de modo que se garantice el trabajo como elemento fundamental del tratamiento de rehabilitación social de las personas sentenciadas penalmente para que pueda reinsertarse fácilmente a la sociedad. Es tiempo que los centros penitenciarios cumplan un verdadero rol en la sociedad, en donde los fines de la pena se materialicen logrando que exista en los privados de libertad una debida ejecución de la pena, llevándose a cabo un verdadero plan individualizado que garantice cada uno de los ejes que son fundamentales para su tratamiento; así como el eje laboral que es necesario para hacer de los internos personas productivas para la sociedad y no únicamente como es de conocimiento dediquen su tiempo a cometer actividades ilícitas por falta de actividades y programas que no permiten el desarrollo de sus capacidades de manera íntegra en conocimientos en actividades laborales positivas, es tiempo que las personas condenadas a una pena privativa de libertad produzcan y ayuden al adelanto de la sociedad; de manera que, el daño causado a la misma conlleve a una reparación integral eficaz que conlleve hacer del interno una persona responsable de su actuar. Por tanto con la presente propuesta reformatoria se quiere lograr, que el Estado sea responsable con los centros penitenciario y encamine al Sistema Nacional de Rehabilitación Social a convertirse en un sistema garantista de sus propios fines para así poder obtener buenos resultados en la rehabilitación 4 social de los internos, este cambio sería el inicio para mejorar el sistema penitenciario ecuatoriano, en especial en el área laboral ya que es en esta área donde los reclusos pueden desarrollar una actividad que les permita conseguir ser personas productiva al salir de prisión, en consecuencia se pueda llegar a disminuir el hacinamiento, bajar los índices de reincidencia, los gastos a futuro del Estado en los centros penitenciarios. En fin, para que estos individuos al momento de cumplir su pena se encuentren preparados para enfrentarse a la realidad social, respetando las normas estatales y obtengan así también, la oportunidad de buscar formas de salir adelante de manera lícita sin estar en conflicto con la ley. |
Descripción : | The mandatory nature of participation in activities and programs in detention centers for persons deprived of liberty with sentences of more than five years should currently be a matter of importance and social relevance that leads to correcting both the prison crisis that our country is going through in prisons as well as the violation of the rights of these vulnerable groups in order for the National Social Rehabilitation System to fulfill the purposes that it has proposed. The present investigation that is presented under the thesis modality, refers to a legal problem that deserves to be transformed to solve and overcome the socio-legal problem that is identified in article 702 of the Organic Integral Criminal Code which establishes as the axis of treatment of social rehabilitation of persons deprived of liberty, the labor activity and even remuneration for this activity are stipulated, however article 9 of the same code establishes the voluntary participation of these persons in the activities and programs implemented in the deprivation of liberty centers, however, most of the persons deprived of liberty do not carry out any work activity, nor do they participate in the activities and programs, so it is necessary that the participation of these people in the activities and programs, as well as in the work implemented in the Centers of Integral Attention to Adult Persons Deprived of Liberty, when they have been sentenced with sentences greater than five years, so that work is guaranteed as a fundamental element of the 6 social rehabilitation treatment of persons sentenced criminally so that they can be easily reintegrated into society. It is time for prisons to play a true role in society where the purposes of the penalty are materialized, ensuring that there is a proper execution of the sentence in those deprived of liberty, where a true individualized plan is carried out that guarantees each one of the axes that are fundamental for their treatment as well as the labor axis necessary to make the inmates productive for society and not only as is known, they dedicate their time to commit illicit activities due to lack of work, it is time that people sentenced to a custodial sentence, produce for society in such a way that the damage caused to it leads to an effective comprehensive reparation that leads to making the inmate a person responsible for his actions. Therefore, with this reform proposal, it is intended that the State be responsible with the penitentiary centers and direct the National System of Social Rehabilitation to become a guaranteeing system of its own purposes in order to obtain good results in the social rehabilitation of the Inmates, this change would be the beginning to improve the Ecuadorian prison system, especially in the labor area since it is in this area where inmates can develop an activity that allows them to become productive people upon leaving prison, consequently they can reach to reduce overcrowding, lower recidivism rates, future expenses of the State in prisons, since these people at the time of serving their sentence can be prepared to face social reality respecting state regulations and obtain the opportunity to look for ways to get ahead in a lawful way without conflict with the law. |
URI : | https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/23845 |
Aparece en las colecciones: | TRABAJOS DE TITULACION FJSA |
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