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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/23788
Título : | Exclusión de la Antijuridicidad de Autoridades Indígenas por la Extralimitación de Procedimientos Ancestrales, Excepto en los Delitos Contra la Vida |
Autor : | González Chamba, Servio Patricio Morocho Avila, Nelson Vinicio |
Palabras clave : | DERECHO PROCEDIMIENTOS ANSCESTRALES DELITOS CONTRA LA VIDA |
Fecha de publicación : | 25-ene-2021 |
Editorial : | Loja, 25 de enero de 2021 |
Resumen : | La presente investigación que se presenta bajo la modalidad de tesis, hace referencia a un problema jurídico que merece transformarse para solucionar y superar la problemática socio jurídica que se identifica como la no exclusión de la antijuridicidad a autoridades indígenas; claro se denota que el artículo 171 de la Constitución de la República del Ecuador otorga funciones jurisdiccionales a las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, para que éstos resuelvan conflictos internos aplicando normas y procedimientos propios que no sean contrarios a los derechos humanos reconocidos constitucional e internacionalmente. En nuestro país se han presentado casos en los que las autoridades indígenas se han extralimitado en la aplicación de sus procedimientos propios; por ésta razón han sido procesadas por la justicia ordinaria como autores de delitos; sin considerar que dichas autoridades no tuvieron la intención de causar daño alguno a los ajusticiados, es decir, las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades jamás actúan con premeditación, alevosía y menos con dolo al momento de administrar justicia en sus jurisdicciones. El Derecho a la vida es un derecho inherente a los seres humanos por tanto necesario para poder ejercer los demás derechos universales; si no hay vida, no tiene sentido que existan los demás derechos fundamentales; es por esto que el Estado protege al máximo éste derecho, por tanto, si una persona atenta contra el derecho a la vida debe responder por lo mismo. El artículo 30 del Código Orgánico Integral Penal contempla las causas de exclusión de la antijuridicidad; más aún, no se excluye aquí de responsabilidad el haber actuado como autoridad en un procedimiento de justicia indígena en base a sus usos y costumbres. Por lo anotado y considerando que las autoridades, al momento de administrar justicia en base a su derecho propio, no han tenido la intención de cometer un delito considero, que debe estipularse en el artículo 30 del Código Orgánico Integral Penal una causa de exclusión de la antijuridicidad de responsabilidad el haber actuado como autoridad en un procedimiento de justicia indígena, excepto en los delitos contra la vida. |
Descripción : | The present research presented under the thesis modality refers to a legal problem that deserves to be transformed to solve and overcome the socio-legal problem that is identified as the non-exclusion of unlawfulness to indigenous authorities; It is clear that Article 171 of the Constitutición of the Republic of Ecuador grants jurisdictional functions to the authorities of indigenous communities, peoples and nationalities, so that they resolve internal conflicts by applying their own rules and procedures that are not contrary to recognized human rights constitutionally and internationally. In our country there have been cases in which indigenous authorities have overreached in the application of their own procedures; for this reason they have been prosecuted by the ordinary justice as perpetrators of crimes; without considering that these authorities did not intend to cause any harm to the executed, that is to say, the authorities of the communities, peoples and nationalities never act with premeditation, decency and less with intent at the time of administering justice in their jurisdictions. The Right to life is an inherent right to human beings, therefore necessary to be able to exercise other universal rights; if there is no life, it makes no sense that the other fundamental rights exist; This is why the State protects this right to the maximum, therefore, if a person undermines the right to life must answer for the same. Article 30 of the Organic Integral Criminal Code contemplates the causes of exclusion of unlawfulness; Moreover, it is not excluded here from responsibility to have acted as an authority in an indigenous justice procedure based on its customs and customs. As noted and considering that the authorities, at the time of administering justice based on their own right, have not intended to commit a criminal offense, which must be stipulated in article 30 of the Organic Comprehensive Criminal Code a cause of exclusion from unlawful responsibility for having acted as an authority in an indigenous justice procedure, except in crimes against life. |
URI : | https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/23788 |
Aparece en las colecciones: | TRABAJOS DE TITULACION FJSA |
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