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Título : Reforma al artículo 4 de la ley orgánica para la promoción del trabajo juvenil, regulación excepcional de la jornada de trabajo, cesantía y seguro de desempleo, para garantizar la intangibilidad de la remuneración y de la jornada laboral
Autor : Astudillo Ontaneda, Augusto Patricio
Cañart Alvarado, Diego Fernando
Palabras clave : DERECHO
DERECHO LABORAL
TRABAJO JUVENIL
REMUNERACIÓN
Fecha de publicación : 2017
Resumen : La matriz problemática generada luego del proceso de análisis y deducción previo el reconocimiento de las técnicas y procedimientos propios de una investigación jurídica de carácter aplicada, se enfoca en la revisión y estudio teórico de importantes instituciones y figuras jurídicas de relevante connotación en el área del Derecho Positivo; El problema objeto de estudio se circunscribe al tratamiento de la Ley orgánica para la promoción del trabajo juvenil, regulación excepcional de la jornada de trabajo, cesantía y seguro de desempleo, cuerpo normativo vigente desde el 28 de marzo del año 2016 Desde su publicación en el registro oficial esta normativa ha generado cambios en la dinamia del mercado laboral ecuatoriano, por lo que es importante la revisión minuciosa del nuevo marco legal por parte de los profesionales del derecho, estudiantes y sociedad en general; de tal forma que implica una prioridad para el futuro abogado así como para el profesional en libre ejercicio, la revisión y estudio crítico de las reformas puntualizadas en la referida ley. La Ley orgánica para la promoción del trabajo juvenil, regulación excepcional de la jornada de trabajo, cesantía y seguro de desempleo, ha generado un amplio debate por los cambios sustanciales producidos no solo en el código del trabajo, sino también en la ley orgánica de servicio público y en la ley de seguridad social, situación que ha generado discusión dentro del foro jurídico por los efectos socioeconómicos producidos. La problemática que he identificado dentro de esta ley, tiene relación con uno de los derechos de carácter intangible e irrenunciable del trabajador que data de hace décadas y que ha constituido una conquista laboral frente a los abusos del poder del patrono, me refiero al derecho a la remuneración y a la intangibilidad de la jornada de trabajo, que de acuerdo a los términos del art. 4, implica una disminución sustancial y se deriva en un retroceso dentro del marco del estado constitucional de derechos y justicia social; la disposición en mención refiere: “Artículo 4.- A continuación del artículo 47, añádanse los siguientes artículos: Art. 47.1.- En casos excepcionales, previo acuerdo entre empleador y trabajador o trabajadores, y por un período no mayor a seis meses renovables por seis meses más por una sola ocasión, la jornada de trabajo referida en el artículo 47 podrá ser disminuida, previa autorización del Ministerio rector del Trabajo, hasta un límite no menor a treinta horas semanales.” La Constitución de la República que nos rige desde el año 2008 en forma expresa ha sentado principios y directrices de primer orden en materia laboral, y a partir de esto, las políticas públicas en materia laboral deben necesariamente encontrar sindéresis para la aplicación efectiva de la norma que prima, me refiero a la constitución; En otros términos la limitación del derecho a la remuneración, así como a la intangibilidad de la duración de la jornada de trabajo, tal como lo norma el artículo transcrito, ha implicado un evidente perjuicio para el trabajador y su familia, generándose además algunas secuelas como el crecimiento en la brecha existente entre el obrero y el patrono que no ha sido precisamente subsanado con las reformas planteadas por la ley materia de revisión. La disminución del porcentaje de la remuneración que perciben los trabajadores dentro del sector privado no produce beneficios laborales de ninguna naturaleza, al contrario, se ha perjudicado considerablemente a los trabajadores, se les ha menoscabado un derecho históricamente reconocido, lo cual representa un retroceso en materia de reconocimiento de derechos laborales y una evidente contraposición a los principios laborales dispuestos en la Constitución de la República y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Con este antecedente, es necesario fundamentar en forma concreta una propuesta de reforma al Art. 4 de la Ley orgánica para la promoción del trabajo juvenil, regulación excepcional de la jornada de trabajo, cesantía y seguro de desempleo, para derogar en forma expresa esta limitación al derecho a la intangibilidad de la remuneración.
Descripción : The matrix problem generated after the process of analysis and deduction prior recognition of the techniques and procedures of a legal investigation of applied character, focuses on the review and theoretical study of important institutions and legal figures of relevant connotation in the area of positive law; The problem object of study is limited to the treatment of the Organic Law for the promotion of the youth work, exceptional regulation of the working day, unemployment and unemployment insurance, body of rules in force since 28 March of the year 2016 from its publication in the official register this legislation has generated changes in the dynamics of the labor market in Ecuador, so it is important to the thorough review of New legal framework by law professionals, students and society in general; in such a manner as to imply a priority for the future lawyer as well as for the professional in free exercise, review and critical study of the reforms in the aforementioned law. The Organic Law for the promotion of the youth work, exceptional regulation of the working day, unemployment and unemployment insurance, has generated a broad debate by substantial changes not only in the labor code, but also in the organic law of the public service and in the social security act, a situation that has generated discussion within the legal forum by the socio-economic effects. In other words the limitation of the right to remuneration, as well as the inviolability of the length of the working day, as standard the article transcribed, has involved an obvious injury to the worker and his family, generating in addition some as well as the growth in the gap between the worker and the employer who has not exactly been rectified with the reforms raised by the law relating to the review. The decrease in the percentage of the remuneration they receive workers within the private sector does not produce employment benefits of any kind, on the contrary, it has a significant negative effect on workers, they have been undermined a right historically recognized, which represents a step backward in the area of recognition of labor rights and a clear contrast to the labor principles provided in the Constitution of the Republic and in the international human rights instruments. With this background, it is necessary to base in concrete form a reform proposal to Art. 4 of the Organic Law for the promotion of the youth work, exceptional regulation of the working day, unemployment and unemployment insurance, to repeal expressly to this limitation on the right to the inviolability of the remuneration.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/18724
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