Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/15622
Título : La necesidad de expedir una ley reformatoria al código del trabajo ecuatoriano, en relación al tiempo de negociación del contrato colectivo para que se apruebe por el ministerio de la ley
Autor : Aguirre Valdivieso, Gonzalo Iván
Lopez Diaz, Edwin Hermógenes
Palabras clave : DERECHO
Fecha de publicación : 2014
Resumen : En nuestro país, en en plena vigencia de la Constitución de la República del Ecuador, los contratos colectivos duran mucho más tiempo en la negociación y en el trámite obligatorio para someterse al Tribunal de Conciliación y Arbitraje, por lo que es necesario que se reforme el Código del Trabajo para que se disponga que de no aprobarse el Contrato Colectivo en el transcurso de seis meses desde que se presenta el proyecto de contrato Colectivo. Además en el Art. 224 del Código del Trabajo se estipula sobre la negociación del Contrato Colectivo, se dará transcurrido quince días a partir de dicha notificación, las partes deberán iniciar la negociación que concluirá en el plazo máximo de treinta días, salvo que éstas de común acuerdo comuniquen al inspector del trabajo la necesidad de un plazo determinado adicional para concluir la negociación. De ahí que, es necesario realizar o proponer una reforma jurídica encaminada a superar esta problemática, es decir que los trabajadores puedan suscribir el contrato colectivo en el menor tiempo posible y no se tenga que dar tantas largas a su asunto colectivo.
Descripción : In our country, in in full force of the Constitution of the Republic of Ecuador, collective agreements last much longer in negotiation and the compulsory process to submit to the Court of conciliation and arbitration, so it is necessary that reform of the labour code so that it has not approved the collective agreement in the course of six months since presents the draft collective contract. Addition in article 224 of the Labour Code stipulated on the negotiation of the collective agreement, will be given within fifteen days of such notification, the parties must initiate the negotiation that will be completed within a maximum of thirty days, unless they jointly inform the labour inspector the need for a further specified period to conclude the negotiation. Hence, it is necessary to make or propose a reform legal aims to overcome this problem, is to say that workers can sign the collective agreement in the shortest possible time and not have to give so many long to your collective matter.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/15622
Aparece en las colecciones: UED

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
TESIS EDWIN LOPEZ.pdf2,36 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.