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Título : Necesidad de establecer en el artículo 275 del Código Orgánico Integral Penal los objetos prohibidos que no pueden ingresar a los centros de privación de libertad, para la no vulneración de la seguridad jurídica
Autor : Solano Gutiérrez, Felipe Neptalí
Abril Troya, Leyton Willian
Palabras clave : CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
REFORMA AL ART. 275
CENTROS DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD
SEGURIDAD JURÍDICA
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Loja
Resumen : Un centro de rehabilitación social, es el establecimiento destinado especialmente para los sentenciados por el cometimiento de un delito por un juez competente, para que puedan extinguir las sanciones determinadas. En nuestro país existen 35 centros de privación de libertad. Los derechos y garantías de las personas privadas de libertad gozarán de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución de la República y los instrumentos internacionales de derechos humanos. El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, con el objetivo de precautelar la seguridad, interna y externa, de los Centros de Privación de Libertad habilitado un moderno sistema de seguridad Penitenciaria, que cuenta con equipos de última tecnología. El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes. Este derecho se ve amenazado con los reglamentos internos de los centros de privación de libertad, los cuales establecen a criterio de sus directivos objetos que para el común de las personas no atentan contra seguridad de los privados de la libertad. Un simple par de cordones o una cuchara metálica no pueden atentar con la libertad de las personas. Es necesario establecer en nuestro Código Orgánico Integral Penal los artículos prohibidos al ingreso en los centros de privación de libertad y los que se encuentre fuera de esta tipificación y sean considerados como prohibidos en sus reglamentos internos se sancione de forma administrativa o pecuniaria, aplicando el principio de mínima intervención penal
Descripción : A social rehabilitation center is the establishment intended especially for those sentenced for the commission of a crime by a competent court, so they can extinguish certain sanctions. In our country there are 35 detention centers. The rights and guarantees of persons deprived of liberty shall enjoy the rights and guarantees recognized in the Constitution of the Republic and international human rights instruments. The Ministry of Justice, Human Rights and Religious Affairs in order to safeguard the security, internal and external, of the Centers' imprisonment enable a modern prison security system, which features the latest technology. The right to legal certainty is based on respect for the Constitution and on the basis of prior, clear, public and applied by the competent authorities legal standards. This right is threatened with the internal regulations of the detention centers, which establish a criterion of its management objects for the common people do not threaten safety of persons deprived of liberty. A simple pair of cords or metal spoon can not infringe the freedom of individuals. Must be established in our Penal Integral Code of items prohibited on admission to places of deprivation of liberty and those who are outside of this classification and are considered as prohibited in their internal regulations are punished by administrative or pecuniary way, applying the principle minimum penal intervention
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8935
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