Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8423
Título : Reforma al art….10 (135) del código orgánico de la niñez y adolescencia en relación a la negativa de la parte actora de someterse a la prueba de ADN para establecer la paternidad debiéndose conceder un término prudencial y de persistir en esa negativa presumirse de hecho la no relación parento filial con sus consecuencias jurídicas
Autor : Costa Cevallos, Marcelo Armando
Villalta Ramírez, Joffre Hernán
Palabras clave : CODIGO ORGÁNICO DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA
LA SOCIEDAD
LA FAMILIA
LA PATERNIDAD
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Loja
Resumen : Nuestro régimen jurídico relacionado con el Código de la Niñez y Adolescencia señala que el Juez debe fijar la pensión de alimentos cuya filiación o parentesco en el caso de los demás parientes consanguíneos no ha sido legalmente, establecido de acuerdo a las siguientes reglas: “El Juez/a fijará la pensión de alimentos a favor del niño, niña o adolescente a una persona cuya filiación o parentesco en el caso de los demás parientes consanguíneos no ha sido legalmente, establecido de acuerdo a las siguientes reglas: a) En el evento de existir negativa por parte del demandado o demandada a someterse a las pruebas científicas de ADN que el Juez/a disponga, se presumirá de hecho la filiación o relación de parentesco en el caso de los demás parientes consanguíneos, con el alimentario y en la misma providencia, lo cual será exigible desde la prestación de la demanda. Partiendo del presente enunciado este régimen jurídico perjudica enormemente a los demandados en juicios de alimentos con reconocimiento de paternidad, ya que no se presentan igualdad de derechos entre la parte actora y el demandado, violentando de esta manera lo que nuestra Constitución Ecuatoriana expresa, el de garantizar el efectivo goce de nuestros derechos sin discriminación alguna. Al presentarse este vacío legal, es un fenómeno que afecta a miles de personas en nuestro país, ya que el procedimiento no determina ni obliga a la parte actora a presentarse a la prueba del ADN en la fecha y hora fijada por el juez cuando el demandado si lo hace, y hasta eso se sigue pagando la pensión provisional alimenticia por parte del demandado sin saber si el niño es suyo o no, habiendo incluso casos de mala Fe por parte de las actoras en los procesos judiciales , amparándose en los intereses superiores del niño, pero perjudicando derechos del presunto padre. Todas las personas estamos regidas por normas jurídicas, que debemos cumplir, y en caso de no hacerlo tenemos que responder por nuestros actos, pero nuestro Ordenamiento Jurídico ha omitido las responsabilidades por parte de la Actor/a en juicios de alimentos con reconocimiento de paternidad. Con este problema jurídico aporto con razonamientos jurídicos, y sobre todo para que haya igualdad en las partes procesales para que no se vulnere ni se perjudique ningún derecho que está establecido en nuestra Constitución
Descripción : Our legal system related to the Code of Childhood and Adolescence states that the court must set the alimony whose affiliation or relationship in the case of other blood relatives has not been legally established according to the following rules: "The Judge / a fix alimony for the child or adolescent to a person whose affiliation or relationship in the case of other blood relatives has not been legally established according to the following rules: a) In the event there is refusal by the defendant or defendant to submit to DNA evidence that Judge / a available, it is presumed fact parentage or kinship in the case of other blood relatives, in food and the same Order, which shall be payable from the provision of demand. From this statement this legal regime greatly harms the defendants in trials with food acknowledgment of paternity, since no equal rights of the plaintiff and the defendant are presented, thereby violating what our Ecuadorian Constitution states, that of ensure the full enjoyment of our rights without discrimination. By presenting this loophole, it is a phenomenon that affects thousands of people in our country, because the procedure does not determine or compel the plaintiff to present a DNA test on the date and time set by the court if the defendant if you do, and even that is still paying the food provisional pension from the defendant without knowing if the child is his or not, even having cases of bad faith on the part of the plaintiffs in court proceedings, relying on the best interests of child, but harming rights of the alleged father. All the people we are governed by legal rules that we must follow, and if not to have to answer for our actions, but our legal system has failed responsibilities by the Actor / a in trials with food acknowledgment of paternity. With this legal problem I bring with legal reasoning, and especially so that equality in the litigants to not being affected, nor any right that is established in our Constitution are not jeopardized
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8423
Aparece en las colecciones: UED

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
Joffre Hernán Villalta Ramírez.pdf1,84 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.