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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16206
Título : | Reforma al código penal y procedimiento penal, en relación a la reincidencia, como agravante para todo delito y como circunstancia a tomarse en cuenta para el dictamen de medidas cautelares y concesión de rebaja de penas |
Autor : | Guerrero, Mario Alfonso Estrada Díaz, Eduardo |
Palabras clave : | DERECHO |
Fecha de publicación : | 2014 |
Resumen : | El auge delincuencial en nuestro país, está desbordando todo límite de tolerancia. El poder punitivo del Estado también está siendo afectado por los constantes desbordes de violencia que se registran cotidianamente. La falta de confianza en el sistema penal y las constantes desilusiones que sufre el usuario del sistema de justicia cuando acude a solicitar sus servicios, es frecuente. Se percata que poco o nada ha cambiado y que la corrupción, la lentitud y la incompetencia de los operadores del sistema e incluso las deficiencias de la misma ley, son males que persisten y que le afectan tremendamente. Por ello es de suma importancia que se procure efectuar las reformas penales que protejan al ciudadano, de manera efectiva y práctica como una contribución para la lucha contra el azote delincuencial que soportamos. Para que esto suceda, planteo el aumento de las sanciones penales a los delincuentes reincidentes o habituales como medio e instrumento de defensa social y ante todo, como un medio de respuesta punitiva para aquellos que han decidido quebrantar las normas de convivencia y transitar por caminos delictivos de manera recurrente y peligrosa. La figura penal de la reincidencia se encuentra legislada en varios artículos del Código Penal vigente. Así, la norma penal que define a la reincidencia expresa: Art. 77: “Hay reincidencia cuando el culpado vuelve a cometer un delito después de haber cometido uno anterior por el que recibió sentencia condenatoria”. Se complementa esta definición con lo dispuesto en la norma del Art. 80 que establece ciertas reglas para considerar que ha operado la reincidencia. No es lo mismo un delincuente que por primera vez incurre en la comisión del delito, que aquel que ya tiene un largo historial delictivo. A éste la ley lo debe sancionar con mayor severidad. Para Giuseppe Zanardelli, escritor, abogado y político italiano, la reincidencia es una cierta condición de agravamiento político del delito. Al respecto señala que “La circunstancia subjetiva de la especial perversidad del agente, se convierte en circunstancia objetiva del delito, haciendo crecer el temor ante el pernicioso ejemplo de su obstinado desprecio por la ley”. La respuesta punitiva del Estado es muy limitada para los casos de delincuentes que son reiterativos en la consumación delictiva de actos criminales. Lamentablemente esos delincuentes no han sido sancionados ejemplarmente y con mayor rigor para advertirles de las consecuencias que entrañan para ellos el reincidir en conductas dolosas que perjudiquen al conjunto social. Entonces, nos encontramos frente a un ordenamiento jurídico penal, que en cuestión de la reincidencia no es considerada para determinar el grado de peligrosidad del imputado del delito, por lo que es necesaria una propuesta de reforma legal |
Descripción : | The criminal boom in our country is overflowing all limits of tolerance. The punitive power of the State is also being affected by the constant outbursts of violence recorded daily. Lack of confidence in the penal system and the constant disappointments suffered by the user of the justice system when they go to apply for their services is common. He realizes that little or nothing has changed and that corruption, slowness and incompetence of system operators and even the shortcomings of the same law, are evils that persist and affect him tremendously. It is therefore important that efforts be made to make the penal reforms that protect the citizen, as an effective and practical contribution to the fight against criminal scourge way we support. For this to happen, I propose increasing penalties for repeat or habitual offenders as a means and instrument of social defense and foremost as a means of punitive response to those who have decided to break the rules of coexistence and transit through criminal ways recurrent and dangerous way. The criminal recidivism figure is legislated in several articles of the Penal Code. Thus, the criminal law expressly defines recidivism: Article 77: "There recidivism when blamed again commit an offense committed after a previous one for which he received a conviction." This definition is complemented by the provisions of the rule of Article 80 which lays down rules to consider that has operated recidivism. Not the same as a first offender incurs the crime, and that he who has a long criminal record. To him the law should punish more severely. To Giuseppe Zanardelli, writer, lawyer and politician Italian, recidivism is a certain condition worsening political crime. It states that "the opinion of the special circumstances of the agent perversity, becomes objective circumstances of the crime, growing fear of the pernicious example of his stubborn disregard for the law." The punitive response of the State is limited to criminal cases that are repetitive in the criminal consummation of criminal acts. Unfortunately these offenders have been punished more severely exemplary and to warn them of the consequences they entail for backsliding in intentional conduct that may impair the social whole. So we are facing a criminal law, which in a matter of recidivism is not considered in determining the degree of danger of the accused of the crime, so a proposal for legal reform is needed |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16206 |
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