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Título : Necesidad de insertar en el art. 147 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, la obligación del pago de costas y honorarios profesionales en el trámite de apremio personal por incumplimiento de alimentos
Autor : Solano Gutiérrez, Felipe Neptalí
Reátegui Duarte, Jairo Michael
Palabras clave : CÓDIGO ORGÁNICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
LA PATERNIDAD
APREMIO PERSONAL
OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Loja
Resumen : El Art. 44 de la Constitución de la República del Ecuador; y, en el Art 11 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia establece el propósito al manifestar que “el interés del niño es un principio que está orientado a satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes”, y este derecho es responsabilidad de los `padres o quienes legalmente actúan como sus representantes. Las autoridades públicas, por su parte, se esforzarán en promover el goce de este derecho. El Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia contiene un conjunto de medidas judiciales posibles a ser adoptadas, cuando los obligados directos o subsidiarios incumplen con el pago de prestar alimentos, sin embargo en el Ecuador muchos padres de familia se excusan debido a distintas circunstancias de hecho, comúnmente la falta de trabajo que les permita contribuir al sustento de sus cargas familiares. Pero, en la efectivación de los derechos del alimentado, éstos se vulneran, en cuanto a la situación cuando el alimentante se encuentra en mora de pago de alimentos por más de dos meses, el o la representante tiene que disponer de medios económicos para solventar el pago de costas y honorarios profesionales para la petición de la liquidación de las pensiones alimenticias en mora y la evacuación de la boleta de apremio personal; dichos gastos no son revolsados en ningún momento por el alimentante. De ahí la necesidad de reformar el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, en cuanto a la obligación del pago de costas y honorarios profesionales en el trámite de Apremio Personal por incumplimiento de alimentos
Descripción : The article 44 of the Constitution of the Republic of the Ecuador; and in the 11 Art of the organic code of childhood and adolescence establishes the purpose to demonstrate that "the interests of the child is a principle that is oriented to meet the effective exercise of all the rights of children and adolescents", and this law is the responsibility of the ' parents or those who lawfully act as their representatives. Public authorities, for their part, will strive to promote the enjoyment of this right The organic code of childhood and adolescence contains a set of legal measures to be adopted, when the forced direct or subsidiary violate with the payment of food, however in the Ecuador many parents excuse is due to different circumstances of fact, commonly lack of work that allows them to contribute to the sustenance of their dependants. But, in the realization of the rights of the fed, these are violated, in terms of the situation when the recipient is in default of payment of food for more than two months, the representative must have financial resources to fund the payment of costs and professional fees for the request for the payment of the alimony in mora and the evacuation of the ballot of personal urgency; These expenses are notThese expenses are not revolsados at any time by the recipient Hence the need to reform the organic code of childhood and adolescence, in terms of the obligation to pay costs and professional fees in the process of enforcement staff for breach of food
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8872
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