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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8325
Título : | La imposibilidad de cohabitar que conlleva el derecho de uso y habitación legal a favor de uno de los cónyuges cuando a la sociedad conyugal en disolución la conforma un único bien destinado a vivienda, vulnera el derecho constitucional a la vivienda del otro cónyuge |
Autor : | Astudillo Ontaneda, Augusto Patricio Espinosa Lastra, Martha Beatriz |
Palabras clave : | EL MATRIMONIO CONCEPTO SOCIEDAD CONYUGAL CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS |
Fecha de publicación : | 2015 |
Editorial : | Loja |
Resumen : | El matrimonio y la familia se encuentran garantizados y protegidos en la Constitución y en la Ley, por tal razón una vez que se ha constituido el matrimonio, se forma la sociedad conyugal entre cónyuges, cuando no se estipulado en el acta matrimonial o por capitulaciones matrimoniales otro régimen contrario. La sociedad conyugal se forma por bienes que se adquieren durante el matrimonio y más haberes que la ley determina, estos bienes al momento de disolverse la sociedad conyugal o el matrimonio los cónyuges son participes del cincuenta por ciento de gananciales, por tal razón al liquidarse la sociedad conyugal cada uno los bienes se dividen para los dos cónyuges. Sin embargo el Art. 190 del Código Civil determina que: “En el caso de que exista un solo bien social destinado a vivienda, el cónyuge al cual se le confíe el cuidado de los hijos menores o minusválidos, tendrá derecho real de uso y habitación, mientras dure la incapacidad de los hijos, debiendo inscribirse la providencia o sentencia que los constituye en el registro de la propiedad respectivo. El goce del derecho de uso y habitación de que se habla en el inciso anterior elimina la posibilidad de que el otro cónyuge cohabite en el bien gravado, pudiendo el agredido solicitar amparo en su posesión. Esta disposición atenta contra el derecho a la vivienda establecido en la Constitución de la República, que le asiste al cónyuge que no se le ha confiado el cuidado de los hijos menores, inclusive el titular del derecho de uso y habitación tiene facultad de ejercer acción posesoria (amparo de posesión) en contra del cónyuge que intente transgredir la prohibición de cohabitar, lo que hace que el cónyuge desfavorecido no pueda cohabitar en el bien inmueble; en esta disposición legal no se ha tomado en cuenta que el otro cónyuge tiene derecho al cincuenta por ciento de gananciales sobre el bien destinado a vivienda, y por ende es un absurdo la prohibición de cohabitar en un bien en la que tiene derecho de propiedad. Por tal razón se realizó un estudio crítico jurídico y doctrinario y se planteó una propuesta de reforma al mencionado artículo del Código Civil, tendiente a respetar la igualdad de derechos previstos en la ley para los ciudadanos ecuatorianos y sobre todo el derecho a la vivienda en condiciones dignas |
Descripción : | The marriage and the family are guaranteed and protected in the Constitution and in Law, for such a reason once the marriage has been constituted, he/she is formed the married society among spouses, when you specified not in the matrimonial records or for matrimonial capitulations another contrary régime. The married society is formed for goods that are acquired during the marriage and more haberes that the law determines, these goods to the moment to be dissolved the married society or the marriage the spouses they are you participate of fifty gananciales percent, for such a reason when being liquidated the married society each the goods are divided for the two spouses. However Art. 190 of the Civil Code determine that: "In case an alone one exists very social dedicated to housing, the spouse to which is trusted the care of the smallest children or handicapped, will have real right of use and room, while the inability of the children lasts, should register the providence or sentence that it constitutes them in the registration of the respective property. The enjoyment of the use right and room that one speaks in the previous parenthesis it eliminates the possibility that the other spouse cohabits in that well burdened one, being able to the one attacked to request help in his possession. This attentive disposition against the right to the housing settled down in the Constitution of the Republic that you attended the spouse that has not been trusted the care of the smallest children, inclusive the holder of the use right and room has ability to exercise possessory (possession help) action against the spouse that tries to transgress the prohibition of cohabiting, that he/she makes the spouse desfavorecido not to cohabit in the good property; in this legal disposition he has not taken into account that the other spouse is entitled to fifty gananciales percent on the very dedicated to housing, and for ende it is an absurdity the prohibition of cohabiting in a good in which is entitled of property. For such a reason he/she was carried out a critical juridical and doctrinal study and he/she thought about a to reformation proposal to the mentioned article of the Civil Code, spread to respect the equality of rights foreseen in the law for the Ecuadorian citizens and mainly the right to the housing under worthy conditions |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8325 |
Aparece en las colecciones: | UED |
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