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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/770
Título : | NECESIDAD DE TIPIFICAR LA RESPONSABILIDAD COADYUVANTE DE LA ENTIDAD EMISORA DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO EN EL CASO DE CLONACIÓN. |
Autor : | Dr. Roberto José Ochoa Herrera. VALVERDE MUÑOZ, PAULA NATHALI |
Fecha de publicación : | 2013 |
Resumen : | En los últimos años hemos sido testigos del avance tecnológico e informático en diversos campos del quehacer cotidiano, así como también, la globalización ha permitido que prácticas comerciales sean similares en cualquier parte del mundo; justamente una de estas prácticas comerciales, es el uso de la tarjeta de crédito como medio de pago, sustituyendo a la utilización de otros mecanismos, como el papel moneda o el cheque. Sin embargo, a la par de estas innovaciones, los delincuentes también han buscado nuevas formas de aprovecharse de estos avances tecnológicos, es así como empiezan aparecer conductas delictivas atípicas y que utilizan recursos sofisticados para concretar el hecho ilícito, y no por ser nuevas estas conductas producen menos alarma social, o causan menor afectación al bien jurídico protegido; al contrario, el impacto económico en la sociedad puede ser muy importante, además de que para la ejecución de estos ilícitos normalmente actúan varios individuos en conjunto, es decir, estamos hablando de una delincuencia organizada. La clonación de tarjetas de crédito, o el robo de información protegida de la banda magnética de este instrumento, se encuadra en una conducta delictiva; es por ello que el propósito que se persigue con este trabajo es determinar el nivel de responsabilidad que tienen las entidades bancarias emisoras en dicho delito, ya que en la actualidad el único perjudicado directo es el Tarjetahabiente en el caso de clonación. La responsabilidad de las seguridades que deben prestar los cajeros automáticos y los equipos que se utilizan para realizar ventas con las tarjetas de crédito, recae exclusivamente en las entidades bancarias quienes brindan estos servicios, puesto que estos desprenden una figura contractual entre el tarjetahabiente y dicha entidad. La clonación de tarjetas de crédito es un delito que afecta al usuario, pero sobre todo al vínculo que mantiene con la entidad bancaria, por lo tanto la responsabilidad, es necesaria y obligatoria. Es primordial por parte del Estado, la Administración Pública, y las entidades Universitarias, velar por que la normativa legal y los derechos constitucionales de los tarjetashabientes no se vean vulnerados; esto con la finalidad de mantener su seguridad jurídica, ya que en este delito son los más perjudicados. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/770 |
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