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Título : ANÁLISIS JURÍDICO DE LOS ARTÍCULOS 37 Y 38 DEL CÓDIGO PENAL SOBRE EL AGRAVAMIENTO DE LA PENA A LOS PACIENTES DE ADICCIONES
Autor : DRA. ANDREA AGUIRRE
TORRES BUSTAMANTE, VICENTE BOLÍVAR
Fecha de publicación : 2011
Resumen : Los actuales Estados democráticos constitucionales de derechos, que surgen como producto del avance del pensamiento del hombre del tercer milenio, tienen como una de sus más grandes metas el respeto absoluto por los derechos y garantías inherentes a la majestad de la personalidad humana, entendida esta en sus aspectos físico, psicológico, sexual y moral, determinando por lo tanto los mecanismos y procedimientos gubernativos así como en el ámbito de las ciencias jurídicos, para proteger con la debida efectividad cada uno de los derechos de las personas. Es por esto que en el nuevo ordenamiento constitucional ecuatoriano, observamos notorios avances en materia de derechos y garantías de las personas, así como de protección de ciertos grupos que por las desventajas que presentan se encuentran en condición de desventaja social. Tal es el caso de los pacientes de enfermedades de alta complejidad, en torno a los que el Estado asume una responsabilidad primaria efectivizando su derecho a la salud y a la protección social y familiar prioritaria, debiendo señalar que en tal grupo de personas vulnerables, se encuentran las personas que sufren de adicciones, las que dada la naturaleza sumamente compleja de su enfermedad, tradicionalmente han sido discriminadas y excluidas socialmente, llegándose incluso a los extremos propios del Derecho Penal tradicional, de castigarlos penalmente por causa de su enfermedad, cuestión que como se sabe resulta inaceptable para el pensamiento jurídico penal contemporáneo, que busca más bien, en el ámbito de la protección especial de estos sujetos, tratarlos de manera especial, aplicando sobre ellos medidas de seguridad que permitan preservar su integridad y brindarles el tratamiento médico adecuado, así como intervenir sobre el factor potencialmente criminógeno que significa su libre deambular por las calles, plazas y caminos de nuestro país, en un estado de perturbación mental que puede ser leve, moderada o muy grave, lo que determina peligrosidad de dos vías, con respecto al adicto cuya condición de vulnerabilidad es evidente, y también con respecto a su entorno social que a su vez puede presentar víctimas propias para actos delictivos de parte del alcohólico o toxicómano. Esta es la problemática sustancial a la que se refiere el presente trabajo
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2705
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