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Título : DEBE NORMARSE EN EL CÓDIGO CIVIL, UNA PENSIÓN VITALICIA POR LA TERMINACIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL, PARA LA MUJER DIVORCIADA QUE ADOLECE DE DISCAPACIDAD CONSIDERADA GRAVE.
Autor : Dr. Wilson Pinta Román Mg. Sc.
MAITTA MALDONADO, FRANKLIN ROBERTO
Fecha de publicación : 2011
Resumen : El matrimonio al ser un contrato solemne, requiere de expresos requisitos para su plena eficacia, como aquel que hace referencia a la capacidad civil, al consentimiento libre y voluntario de los cónyuges, y al hecho de no estar inmersos en ninguna de las prohibiciones que establece el Código Civil, el matrimonio al ser un contrato solemne, debe celebrarse ante la autoridad competente, esto es ante el Jefe del Registro Civil, Identificación y Cedulación; y una vez que los celebrantes del convenio matrimonial, comparezcan personalmente o por intermedio de sus apoderados especiales ante las autoridades competentes, expresarán su consentimiento libre y espontáneo de contraer matrimonio, así como manifestarán el hecho de no encontrarse inmersos en ninguna prohibición legal para hacerlo, luego de lo cual en unidad de acto junto con la autoridad y testigos, firmarán la respectiva acta matrimonial. Tomando en consideración la necesidad en la práctica jurídica en el sentido de tener los instrumentos necesarios para algunos de los juicios de divorcio que se tramitan en el Ecuador, es menester señalar que jurídicamente es una herramienta legal útil para el desahogo procesal de los juicios que se tramitan en los Juzgados de lo Civil, y son las Notarias las que tienen la capacidad legal y normativa para que operen este tipo de tramites; por lo cual el divorcio, es la disolución, a efectos civiles, del matrimonio civil. El divorcio es la disolución del matrimonio.En la mayoría de los países, el matrimonio es una unión entre dos personas con un reconocimiento social, cultural y jurídico, que tiene por fin proporcionar un marco de protección mutua o de protección de la descendencia y que conlleva deberes y derechos. El divorcio está muy reglamentado en muchos países considerados modernos, y las leyes tienden a dar protección a la mujer y los hijos nacidos en el vínculo disuelto. En ocasiones más bien frecuentes, los cónyuges (o uno de ellos) puede desear terminar el vínculo matrimonial, lo cual se lleva a cabo, si en la legislación está permitido, a través de la figura legal del divorcio. En los ordenamientos jurídicos o religiosos el divorcio no está permitido, entendiendo que el matrimonio no puede disolverse por la mera voluntad de las partes. Hasta no hace muchas décadas, específicamente antes de la década del 1980, en países con hegemonía católica los divorciados eran estigmatizados por la sociedad. Esto terminó cuando la iglesia católica reconoció el estado de divorcio.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2403
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