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Título : Reforma al artículo 434 del código del trabajo, respecto al número de trabajadores que exige el ministerio del trabajo, para que el empleador este obligado a elaborar el reglamento de higiene y seguridad
Autor : Vivanco Muller, Igor Eduardo
Díaz Gonzáles, Johanness Marlon
Palabras clave : DERECHO
DERECHO LABORAL
SEGURIDAD LABORTAL
RIESGOS LABORALES
Fecha de publicación : 2017
Resumen : “Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia Social” (Constitución de la Republica del Ecuador , 2008 ). Garantista de los derechos y las garantías constitucionales. Cuya principal característica es el sometimiento de la ley al orden constitucional vigente. Uno de los más importantes derechos reconocidos en nuestra Constitución, es el derecho al trabajo, el cual lo garantiza en todas sus modalidades sea en relación de dependencia o en forma autónoma. Este reconocimiento quedaría vacío, si el Estado no garantizaría a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, a una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado. El derecho a la salud es un derecho inherente al del trabajo, “cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir” (Constitución de la Republica del Ecuador , 2008 ). De igual forma el derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable al trabajador sin estos derechos no podemos hablar de un trabajo digno. Nuestra Constitución define “al trabajo como un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía” (Constitución de la Republica del Ecuador , 2008 ). Por lo tanto el Estado es el encargado que los trabajadores realicen sus labores dentro de cualquier ámbito en goce de sus derechos constitucionales. La seguridad y la higiene en el ámbito laboral son ejes primordiales para él un buen desempeño de los trabajadores y beneficios para los empleadores, si se violenta este derechos ponemos en riesgo el bienestar laboral y familiar de los trabajadores. El Código del Trabajo regula la relación entre trabajadores y empleadores, particularmente en su Art. 434, establece un número de diez trabajadores, los empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del Ministerio de Trabajo y Empleo por medio de la Dirección Regional del Trabajo, un reglamento de higiene y seguridad, el mismo que será renovado cada dos años. Esta disipación es discriminatoria, vulnera los derechos de los trabajadores por cuanto el empleador para no cumplir con este requisito no contrataría más personal, negando la oportunidad de trabajo. Además un número menor a diez no gozaría con un reglamento de Higiene y seguridad. Por lo tanto es necesaria una reforma jurídica por parte de la Asamblea Nacional para que se respeten de forma integral los derechos de los trabajadores.
Descripción : Ecuador is a Constitutional State of Rights and Justice, guarantor of rights and constitutional guarantees. Whose main characteristic is the submission of the law to the existing constitutional order. One of the most important rights in our Constitution is the right to work, which we guarantee in all its forms whether as employees or independently. This recognition would be empty if the state would not guarantee working people full respect for their dignity, decent living wages and fair remuneration and performance of a healthy work freely chosen or accepted. The right to health is a right inherent to the work, whose realization is linked to the exercise of other rights, including the right to water, food, education, physical culture, work, social security, healthy environments and others that support good living. Likewise, the right to social security is an inalienable right to work without these rights can not speak of a decent job. Our Constitution defines work as a right and a social duty, and an economic right, a source of personal fulfillment and base of the economy. Therefore the state is responsible workers to perform their work within any area in enjoyment of their constitutional rights. Safety and hygiene in the workplace are fundamental axes for a good performance of workers and benefits for employers, if the rights are put at risk violent labor and family welfare of workers. The Labour Code regulates the relationship between workers and employers, particularly in its Art. 434, establishes a number of ten workers, employers are required to prepare and submit for approval by the Ministry of Labour and Employment through the Regional Directorate of worker, health and safety regulations, the same that will be renewed every two years. This dissipation is discriminatory, violates the rights of workers because the employer does not comply with this requirement not hire more staff, denying the opportunity to work. In addition, a number less than ten would not enjoy a health and safety regulations. Therefore legal reform by the National Assembly is required to comprehensively respect the rights of workers.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/18897
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