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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16827
Título : | Necesidad de reformar el art.75 del código orgánico integral penal, en cuanto a la imprescriptibilidad de los delitos contra la vida |
Autor : | Rodríguez, Carlos Manuel Loayza Aguilar, María Elizabeth |
Palabras clave : | DERECHO |
Fecha de publicación : | 2014 |
Resumen : | El Art. 66 de la Constitución de la República del Ecuador, establece en su numeral 1 que se garantiza “El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habrá pena de muerte”. Es decir que este cuerpo legal nos garantiza el derecho y la libertad de gozar de una vida digna, respetando los derechos de la sociedad en general, quedando prohibido la inviolabilidad de este derecho. De ahí que en la actualidad, son agravantes los altos niveles de delincuencia, en donde se da muerte a la víctima, sin que exista un medio para que la pena que sanciona este delito sea imprescriptible, ya que existen casos que los delincuentes esperan que transcurra el tiempo para la prescripción de la pena, para ya no cumplir con la justicia. Cabe mencionar que el Código Orgánico Integral Penal en su Art. 75 último inciso determina tan solo que “No prescriben las penas determinadas en las infracciones de agresión, genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas, crímenes de agresión a un estado, peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito y daños ambientales” Siendo necesaria una reforma jurídica a este último cuerpo legal, ya el derecho a la vida es una garantía constitucional, y el atentado contra ésta, es de mayor gravedad y alarma social que los delitos contra la administración pública. |
Descripción : | The article 66 of the Constitution of the Republic of the Ecuador, provides in its paragraph 1 that guarantees "the right to the inviolability of life. There will be no death penalty". It is said that this body of law guarantees the right and the freedom to enjoy a dignified life, respecting the rights of society in general, is forbidden to the sanctity of this right. That is why today, are aggravating the high levels of crime, where death is given to the victim, the absence of a means to make the penalty that punishes this crime imprescriptible, since there are cases where criminals waiting time for the prescription of the penalty, as failure to comply with the justice. It is noteworthy that the comprehensive criminal code in its article 75 last subparagraph determined only that "they do not prescribe the penalties specified in the offences of genocide, aggression, war crimes, forced disappearance of persons, crimes of aggression to a State, embezzlement, bribery, concussion, illicit enrichment, and environmental damage, against humanity" Requiring a legal reform to this last body of law, the right to life is a constitutional guarantee, and the attack against this, is more serious and social alarm that offences against the public administration. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16827 |
Aparece en las colecciones: | UED |
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