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Título : Acogimiento institucional de niñas, niños y adolescentes en entidades de protección especial
Autor : Vivanco Muller, Eduardo
Vera Lezano, Juan Alfredo
Fecha de publicación : 2014
Resumen : La Constitución de la República del Ecuador en el Capítulo Tercero referente a los Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria en el artículo 35 establece que las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. También manifiesta que el Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad, en el artículo 44 de la Constitución de la República, manifiesta que: El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas. En el Código de la Niñez y adolescencia también esta fundamentados los Derechos de integralidad a los cuales están sujetos los niños niñas y adolescentes, en especial lo relacionado a los grupos vulnerables, para los cuales existe una normativa específica para los grupos vulnerables, y cuál es el tratamiento que tiene que tener las personas establecidas en este grupo prioritario. Pese a que existe la norma claramente establecida en lo referente a los grupos vulnerables, y en este caso específico en lo concerniente a niñas, niños y adolescentes que por uno o varios factores se encuentran en acogimiento institucional, podemos comprobar que este grupo vulnerable anteriormente mencionado son víctimas de maltratos tanto físicos como Psicológicos, pero sobre todo son coartados a ejercer su derecho de vivir con su familia, generando problemas de desadaptación familiar en las niñas, niños y adolescentes y propiciando sentimientos de culpabilidad, inseguridad pero sobre todo de resentimiento hacia sus familiares. Es así que puedo asegurar que las normas previstas para la atención a este grupo prioritario establecidas en el Código de la Niñez y Adolescencia son insuficientes ya que día a día los niños niñas y adolescentes ven vulnerados sus derechos por las personas que trabajan en las Entidades de Protección Especial por varios factores, y entre ellas están las sanciones que están contemplados a las personas que vulneren los derechos son muy benévolas. Por lo que es de suma urgencia realizar una propuesta jurídica que se aplique a la realidad de estos grupos vulnerables, debido que luego del respectivo trabajo de investigación y con los resultados arrojados en el respectivo trabajo de campo, se pudo confirmar la existencia del problema y ratifican la necesidad y coherencia de realizar una reforma jurídica.
Descripción : The Constitution of the Republic of Ecuador in Chapter Three concerning the rights of individuals and groups of emphasis in Article 35 states that the elderly, children and adolescents, pregnant women, persons with disabilities, persons deprived of freedom and who suffer from catastrophic illnesses or highly complex and specialized receive priority attention in the public and private spheres. Receive the same priority people at risk, victims of domestic and sexual violence, child abuse, natural or manmade disasters. It also states that the State shall provide special protection to people living in dual vulnerability, Article 44 of the Constitution, states that: The State, society and the family as a priority promote the integral development of girls, children and adolescents, and ensure the full exercise of their rights; will be addressed at the beginning of their interests and their rights shall take precedence over those of others. The Code of Childhood and adolescence is also substantiated the Rights of integrity to which children are subjected and adolescents, especially in relation to vulnerable groups, for which there is specific legislation for vulnerable groups, and what treatment you have to have people established in this priority group. Although there is the rule clearly stated in relation to vulnerable groups, and in this specific case with regard to children and adolescents by one or more factors are in institutional care, we can see that this vulnerable group above are victims of both physical abuse and psychological, but mainly they are constrained to exercise their right to live with his family, creating problems of family maladjustment in children and adolescents and promoting feelings of guilt, insecurity but especially resentment towards their family. So that I can ensure that the rules laid down for the attention to this priority group established in the Code of Children and Adolescents are insufficient since day children and adolescents see their rights violated by people who work in institutions Special Protection by several factors, among them are the sanctions that are referred to people who violate the rights are very benevolent. So it is of great urgency to perform a legal proposal that applies to the reality of these vulnerable groups, because then the respective research and the results obtained in the respective field work, we were able to confirm the existence of the problem and consistency and support the necessity of performing a legal reform.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/15476
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