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Título : Vulneración del principio de inmediación establecido en el art. 610 del código orgánico integral penal, por la aplicación de la audiencia telemática en la etapa de juicio
Autor : Astudillo Ontaneda, Augusto
Palacio Riofrio., Mercedes Paulina
Palabras clave : DERECHO
VULNERACION DEL PRINCIPIO
Fecha de publicación : 2016
Resumen : El tema que me propuse desarrollar titula Vulneración del principio de inmediación establecido en el art. 610 del código orgánico integral penal, por la aplicación de la audiencia telemática en la etapa de juicio”, por lo que me permito realizar el resumen del mismo. El presente trabajo investigativo tiene como base garantizar las disposiciones que contempla la Constitución de la República del Ecuador, referente a los principios de inmediación, debido proceso, seguridad jurídica y tutela efectiva; y, la correcta aplicación de las normas del ordenamiento jurídico penal, a fin de que la persona que está siendo procesada tenga del derecho a estar presente en las diferentes etapas procesales y así poderse defender garantizando un juicio justo y una sentencia acorde al real cometimiento del delito. La aplicación de las audiencias telemáticas de la manera en que se encuentra regulado en el Código Orgánico Integral Penal genera vacíos importantes para su correcto entendimiento así como para su aplicación. Esto en relación al hecho de que el aplicación de las audiencias telemáticas se plantean, en primer término, como una solución facilista para la eficacia de la justicia penal en la descongestión rápida de las causas, pero no como una introducción amparada por las garantías fundamentales y básicas reflejadas en el debido proceso, para de esta manera, producir cambios significativos y profundos; para ello; es necesario que se refuercen y profundicen las condiciones de admisibilidad de las mismas. Por otra parte, también sería conveniente que se desarrolle en una forma más precisa y extensa lo mencionado en el Art. 565, para que de esta manera la renuncia del derecho de defensa al que se ve obligado el procesado al no asistir físicamente a las audiencias, no signifique también el abandono de las garantías fundamentales enunciadas en el Código Orgánico Integral Penal en concordancia con lo que manda la Constitución de la República. El acopio teórico, jurídico y doctrinario, el estudio de casos, la aplicación de encuestas, me permitió obtener criterios con fundamentos claros y precisos, con bibliografía muy reconocida, aportaron a la verificación de los objetivos y a la verificación de la hipótesis planteada; tanto la Constitución de la República del Ecuador, como el Código Orgánico Integral Penal tipifican los principios para que sean aplicados por las partes procesales
Descripción : The issue I set out to develop entitled Violation of the principle of immediacy provisions of art. 610 Whole organic penal code, the application of telematics hearing in the trial stage, “so I would do the summary. This research work is based on ensuring the provisions under the Constitution of the Republic of Ecuador concerning the principles of immediacy, due process, legal certainty and effective protection; and the correct application of the rules of criminal law, so that the person being prosecuted has the right to be present at the different procedural stages and thus be able to defend ensuring a fair trial and sentence commensurate to. The application of telematics audience how it is regulated in the important for proper understanding and application for Integral Code of Criminal generates empty. This related to the fact that the application of telematics hearings raised, first, as a facile solution to the effectiveness of criminal justice in quick decongestion of the causes, not as an introduction protected by the fundamental guarantees and reflected in basic due process, to thereby produce significant and profound changes; For that; It is necessary to strengthen and deepen the eligibility of the same. Moreover, it would be advisable to develop in a more precise and extensive mentioned in Art. 565, so that in this way the waiver of the right of defense that the defendant was not physically forced to attend hearings not also mean the abandonment of the fundamental guarantees set out in the Code of Criminal Integral according to what rules the Constitution of the Republic. The theoretical, legal and doctrinaire collection, case studies, conducting surveys, let me get clear and precise criteria foundations, with well-known literature, they contributed to verification of objectives and verification of the hypothesis; both the Constitution of the Republic of Ecuador, as the Code of Criminal Integral typify the principles to be applied by the.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/14106
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