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Título : Necesidad de regular los contratos civiles profesionales en la ley orgánica del servicio público
Autor : Aguirre Valdivieso, Renato
Chicaiza Granda, Clariza Estefania
Palabras clave : DERECHO
RENOVAR LOS CONTRATOS CIVILES PROFESIONALES
Fecha de publicación : 2015
Resumen : La Ley Orgánica del Servicio Público no establece la modalidad o la forma en que se realizarán contratos civiles profesionales, ya que no consta expresamente en esta ley, se hace una mención sobre éstos en el Art. 6 relacionado al nepotismo, y en las causales de destitución contenidas en el Art. 48, literal k), de la misma Ley Como se observa se encuentra normalizados los contratos de servicios ocasionales, cosa que en los contratos de servicios profesionales no constan expresamente en la Ley, pero al señalarse en el Art. 48 de la Ley Orgánica del Servicio Público, las inhabilidades de contratación como causa de destitución haber suscrito contratos civiles de servicios profesionales contraviniendo disposiciones expresas en la Ley y su reglamento, con esto se asume que sigue siendo posible que las entidades pública contraten civilmente servicios de profesionales. Las normas y disposiciones administrativas constituyen las categorías jurídicas de la actividad de las administraciones públicas o el ejercicio de la función administrativa como derecho objetivo, integradas también por los reglamentos y las ordenanzas como fuentes del derecho; mientras que los actos y los contratos administrativos derivan de aquel y constituyen, modifican o extinguen, en cuanto son aplicación del derecho objetivo. Por esta circunstancia, se hace necesario que en la Ley Orgánica del Servicio Público se indique de cómo se llevarán a cabo los contratos de servicios profesionales conforme a derecho de las personas jurídicas y de las personas naturales la obligatoria aplicación de las normas de contratación pública El Reglamentos General a la Ley Orgánica del Servicio Público se establece la modalidad de los contratos civiles de servicios profesionales, pero esto es ilegal, porque un reglamento no debe estar por encima de la ley, el reglamento no norma, sino que establece las pausas de cómo se llevarán a cabo, por lo cual la modalidad de este tipo de contratos deben constar en la Ley Orgánica del Servicio Público.
Descripción : The Public Service Act does not prescribe the form or shape to be held in civil contracts professionals, and has not expressly provided in this Act, makes a mention of them in Article 6 related to nepotism, and the grounds for dismissal contained in Article 48, paragraph k) of the same Act As shown is normalized occasional service contracts, which in professional service contracts not reflected explicitly in the law, but noted in Article 48 of the Public Service Law, recruited disabilities as a cause of dismissal had signed contracts for professional services civil contravention express provisions in the Act and its regulations, this assumes that it remains possible that public entities civilly hire professional services. The administrative rules and constitute the legal categories of government activity or the exercise of administrative functions as objective law, also built by the regulations and ordinances as sources of law, while the acts and administrative contracts derived from and that constitute, modify or extinguish, as are law enforcement objective. In this circumstance, it is necessary that the Public Service Law indicated how to carry out professional services contracts at law of legal persons and natural persons of the mandatory application of public procurement rules. The General Regulations of the Public Service Act establishes the mode of civil contracts for professional services, but this is illegal because a regulation should not be above the law, the regulation does not rule, but provides breaks how to carry out, for which the mode of this type of contract must be included in the Public Service Law.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/13188
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