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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/11062
Título : | Necesidad de reformar el art. 185, de la Ley de Seguridad social sobre la jubilación ordinaria de vejez |
Autor : | Blacio Aguirre, Galo Stalin Erazo Santillan, Fernando Patricio |
Palabras clave : | DERECHO SEGURIDAD SOCIAL JUBILACIÓN |
Fecha de publicación : | 2015 |
Resumen : | Con la presentación del presente trabajo se concluye que la Seguridad Social al igual que otras formas de organización es tan antigua como el origen y la evolución del hombre, que de las necesidades que este mantiene se originan las más inverosímiles formas de satisfacer sus necesidades, así por ejemplo, una vez satisfechas sus necesidades fisiológicas como el hambre y la sed el ser humano empieza a preocuparse por ver la manera de cómo satisfacer las necesidades y las posibles eventualidades que se le presenten en el futuro. Cuando el individuo se siente físicamente seguro, empieza a buscar la aceptación social; quiere identificarse y a compartir sus vivencias dentro de un grupo social y quiere que este grupo lo acepte como miembro y ya integrado en grupos sociales, empieza a sentir la necesidad de obtener prestigio y éxito; finalmente, los individuos que tienen cubiertos todos estos escalones, llegan a la culminación y desean sentir que están dando de sí todo lo que pueden, generando de cierta manera las primeras formas de organización social y por ende a las primeras formas de solidaridad común, por lo que se podría afirmar que así surge la seguridad social. El ser humano para la satisfacción de sus necesidades dentro del sistema macro económico mundial, necesita de trabajo, trabajo que está garantizado por el Estado y por ende en un derecho de las personas, derechos que están consagrados constitucionalmente pues así lo demuestra nuestra Carta Magna. En el transcurso de la investigación se conoce que en Europa en 1883 se dio inicio a la segunda etapa del proceso de seguridad social (la primera en líneas anteriores), donde por medio de propuestas como la de proteger a los trabajadores de forma obligatoria contra los riesgos de enfermedad y las contingencias de maternidad, el pago de cotizaciones, dos terceras partes por el trabajador y una tercera parte por el patrón. En 1892 se promulgo el Primer Código de Seguridad Social y en 1889 aparece la Ley del Seguro de Vejez e Invalidez y en 1901 se promulgó el Código de Seguros Sociales. En el Ecuador, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS es la entidad responsable de la aplicación del Seguro General Obligatorio, amparado en la LEY DE SEGURIDAD SOCIAL, bajo la cual se ejecutan las políticas de previsión social en la que se encuentra enmarcada la jubilación general. La Seguridad Social ha sido siempre un tema de actualidad y sobre todo controversial por la polémica tripartita que existe entre el estado, los empleadores y los trabajadores, en este contexto nuestro país no es la excepción que siguiendo como siempre “el ejemplo por no decir copiando modelos de Constituciones, de Leyes, de Reglamentos y muchas cosas más, pretenden también retrasar la edad para acceder a la Jubilación General”. Esto es poco, aún le queda corto a la tamaña imprudencia de los gobiernos de turno que permitieron que se legalicen Leyes llamadas especiales como la de las Fuerzas Armadas Y Policía Nacional, leyes que en un país tan pequeño como el nuestro marcan la gran diferencia, que aparentando introducir innovaciones a la Seguridad Social hacen que ciertos grupos sociales (Militares y Policías) se beneficien de los recursos de todos los ecuatorianos como los excedentes de la venta del petróleo, de las exportaciones, de la recaudación de impuestos, mientras otros debemos trabajar hasta los sesenta años de edad, debiendo vivir so pretexto del trabajo alejados de nuestros hogares para luego de ser explotados laboralmente al máximo, permitirnos acceder a una jubilación mísera en lugar de salir a disfrutar de una pensión digna; lo único que se pretende, es mermar la capacidad de vida con el pago en el menor tiempo posible de dichas pensiones y permitir que salga el empleado a cubrir su deteriorado estado de salud con atención médica y medicina de mala calidad. Los resultados del presente trabajo determinan que no se cumplen los Preceptos Constitucionales peor aún los principios generales legalizados en la Constitución de la República, así mismo se puntualiza que no se debe permitir que hayan diferentes Leyes para llegar a un mismo fin como es el de la Jubilación General para los empleados y trabajadores. Realizado el análisis al tema propuesto, se manifiesta la necesidad urgente de realizar una reforma estructural e integral al sistema de Seguridad Social Ecuatoriano, pues es necesario que la reforma sea profunda, orientada al cambio de la estructura administrativa del IESS y de las instituciones de la Fuerza Pública. |
Descripción : | With the presentation of this study it is concluded that Social security as well as other forms of organization is as old as the origin and the evolution of man, that the needs that this keeps originate most unlikely forms of your needs, for instance, once satisfied their physiological needs such as hunger and thirst the human being begins to worry see the way of how to meet the needs and the possible contingencies that arise in the future. When the individual feels physically secure, he starts to find social acceptance; want to identify themselves and to share their experiences within a social group and wants this group to accept him as a member and already integrated in social groups, begins to feel the need to gain prestige and success; Finally, individuals who have covered all these steps, reach the culmination and want to feel that they are giving him everything they can, generating the first forms of social organization and thus to the first forms of common solidarity in some way, so what one could say so is social security. Macroeconomic world, needs work, work that is guaranteed by the State and therefore in a person's right, rights which are constitutionally enshrined as well our Magna Carta shows the human being for the satisfaction of their needs within the system. In the course of the investigation, it is known that in Europe in 1883 began the second stage of the process of social security (first above), where by means of proposals as the protect workers from compulsory form against the risks of illness and the contingency of maternity, membership dues, two-thirds by the worker and a third by the pattern. In 1892 the first code of Social security are enacted and in 1889 appears law of the insurance for old age and invalidity and social insurance code was enacted in 1901. In Ecuador, the Ecuadorian Institute of Social Security, IESS is responsible for the implementation of the compulsory General insurance, in the SOCIAL Security Act, under which run the policies of social welfare in which the general retirement is framed. Social Security has always been a topic of today and especially controversial by the tripartite controversy between the State, employers and workers, in this context, our country is no exception to follow as always "example not to mention copying models of constitutions, laws, regulations and much more, also delaying the age for access to the General retirement". This is little, it is still short to such recklessness of the Governments that allowed it to legalize so-called special laws such as the of the armed forces and police national, laws that make certain social groups (military and police) in a country as small as ours make a big difference, that pretending to introduce innovations to Social security benefit from the resources of all Ecuadorians as it is over from the sale of the oil, while others have to work up to sixty years of age, and must live so pretext of work away from our homes for after occupationally be exploited to the maximum, allowing us access to a miserable, instead of going out to enjoy a dignified pension retirement, all that is intended is weakening life, with payment as soon as possible, such pensions and let out the employee to cover their deteriorated state of health with health care and poor quality medicine of evil. The results of the present study determined that do not meet the constitutional precepts worse still the General principles legalized in the Constitution of the Republic, is likewise points out that you should not be allowed to have different laws to reach the same goal as the General retirement for employees and workers. The analysis to the proposed topic, manifests the urgent need for a structural reform of the Ecuadorian Social security system, as necessary that reform is profound and towards the change of the administrative structure of IESS and enforcement institutions. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/11062 |
Aparece en las colecciones: | UED |
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