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Título : Necesidad de incorporar en el código orgánico de salud la muerte encefálica como muerte jurídica; a fin de que, se aplique procedimientos inmediatos de conservación de los órganos
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
Castillo Arias, Maritza Paola
Palabras clave : DERECHO
CODIGO ORGÁNICO DE LA SALUD
MUERTE JURÍDICA
CONSERVACIÓN E ÓRGANOS
Fecha de publicación : 2016
Resumen : El presente trabajo tiene por finalidad responder a una duda de tipo jurídico que habitualmente en el área jurídica como médica se debaten en algunas circunstancias de su campo profesional con el concepto de la palabra “muerte”, es por ello que me planteo este tema de tesis “NECESIDAD DE INCORPORAR EN EL CÓDIGO ORGÁNICO DE SALUD LA MUERTE ENCEFÁLICA COMO MUERTE JURÍDICA; A FIN DE QUE, SE APLIQUE PROCEDIMIENTOS INMEDIATOS DE CONSERVACIÓN DE LOS ÓRGANOS”. La legislación ecuatoriana no define en forma clara el concepto de muerte de una persona, generalmente asocia la muerte cerebral a trasplante de órganos, es por ello que surge la siguiente inquietud: ¿Son de aplicación obligatoria las normas de diagnóstico contenidas en la legislación de trasplantes o bien se puede determinar la muerte mediante otros criterios científicos?. Desde tiempos remotos la personalidad del ser humano en el campo jurídico, ha representado el conjunto de derechos y deberes creados por el hombre para sí mismo; por lo tanto, la muerte constituye el fin de esa personalidad, sustentada en una serie de responsabilidades civiles y penales, por otra parte se encuentra la presunción de ausencia, la cual es la desaparición del ser, aun cuando sea fácil o difícil su ubicación en el espacio y el tiempo. Para finalizar se analiza el Estado Civil de la persona como fusión de límites y modos de una persona que ocasionan consecuencias jurídicas y que se reseñan a su posición de derecho, dentro del grupo colectivo. Dado que se trata de un trabajo jurídico, el método y forma de exposición necesariamente debe ser diferente a las ponencias estrictamente médicas, en la primera parte se han considerado la necesidad de colocar términos que serán tratados dentro del presente trabajo, acompañados de la palabra muerte, posteriormente se ha dispuesto el estudio completo del diagnóstico de muerte encefálica y el porqué de su inclusión entre la normativa de trasplantes. A continuación se explican las razones por las cuales se ha considerado como una necesidad el incorporar una figura jurídica dentro del Código Orgánico de Salud Ecuatoriano, sobre la muerte encefálica, entendida como muerte jurídica con la finalidad de que se aplique procedimientos inmediatos de conservación de los órganos, en aquellos cadáveres no destinados a la extracción de órganos y finalmente se emiten las conclusiones y recomendaciones.
Descripción : “NEED TO INCORPORATE IN THE ORGANIC CODE OF HEALTH THE ENCEPHALIC DEATH AS JURIDICAL DEATH; IN ORDER THAT, THERE ARE APPLIED IMMEDIATE PROCEDURES OF CONSERVATION OF THE ORGANS” SUMMARY: The present work takes as a purpose to answer to a doubt of juridical type that usually in the juridical area like medical they are debated in some circumstances of its professional field with the concept of the word “death“, is for it for that I appear this thesis topic “NEED TO INCORPORATE IN THE ORGANIC CODE OF HEALTH THE ENCEPHALIC DEATH AS JURIDICAL DEATH; IN ORDER THAT, THERE ARE APPLIED IMMEDIATE PROCEDURES OF CONSERVATION OF THE ORGANS”. The Ecuadoran legislation does not define in clear form the concept of death of a person, generally it associates the cerebral death with organ transplantation, it is for it that the following worry arises: Are there of obligatory application the norms of diagnosis contained in the legislation of transplants or it is possible to determine the death by means of other scientific criteria?. From remote times the personality of the human being in the juridical field, has represented the set of rights and duties created by the man if the same; therefore, the death constitutes the end of this personality, sustained in a series of legal and penal liabilities, on the other hand is the absence presumption, which one is the disappearance of the being, even if its place is easy or difficult in the space and the time. To finish there is analyzed the Civil State of the person as merger of limits and ways of a person that cause juridical consequences and that are reviewed to its right position, inside the collective group. Since it is a question of a juridical work, the method and form of exhibition necessary must be different from the definitely medical papers, in the first part there have been considered to be the need to place terms that will be treated inside the present work, accompanied by the word death, later one has arranged the finished study of the diagnosis of encephalic death and the reason of its inclusion between the transplants regulation. Next they explain to themselves the reasons by which it has been considered to be a need incorporating a juridical figure inside the Ecuadoran Organic Code of Health, on the encephalic, understood death as juridical death for the purpose of which there are applied immediate procedures of conservation of the organs, in those corpses not destined for the extraction of organs and finally the conclusions and recommendations are expressed.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/10962
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