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Título : Reformas al procedimiento especial para contravenciones de tránsito, estipulado en el Código Orgánico Integral Penal
Autor : Orellana Samaniego, Rosa Alicia
Noguera Chacón, Elizabeth Mariuxi
Palabras clave : CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
DOBLE INSTANCIA
DEFENSA TÉCNICA
CONTRAVENCIONES
Fecha de publicación : 2016
Editorial : Loja
Resumen : El recientemente aprobado Código Orgánico Integral Penal, expresión material del Derecho Penal positivo ecuatoriano, que tiene como finalidad de acuerdo a su artículo 1, normar el poder punitivo del Estado, tipificar las infracciones penales, establecer el procedimiento para el juzgamiento de las personas y promover la rehabilitación social de las personas sentenciadas y la reparación integral de las víctimas, creó en el libro segundo, que habla sobre el procedimiento adjetivo penal, los procedimientos especiales para el juzgamientos de delitos menores, cuya pena no exceda de 10 ó 5 años, dependiendo del caso. Estos procedimientos son: el abreviado, el directo, el expedito y el procedimiento para el ejercicio privado de la acción. El fundamento de los mismos, es dar mayor celeridad y agilidad a la administración de justicia penal, con plazos cortos en los que se deben efectuar las audiencias de juzgamiento, pero esta celeridad, en muchos de los casos no permite al infractor ejercer su derecho a la defensa con el tiempo y las oportunidades que le permite la Constitución de la República. Es el caso del procedimiento especial expedito para contravenciones de tránsito, mismo que en sus reglas establecidas en el Código Orgánico Integral Penal, restringe derechos constitucionales a la igualdad y a la legítima defensa, toda vez que cuando un infractor es citado en un lugar diferente y muy lejos de su domicilio, no tendrá el mismo tiempo que otro para preparar su defensa, o en el peor de los casos, ni siquiera tendrá la oportunidad de regresar a impugnar su citación; otro caso, es la restricción a apelar las sentencias en este tipo de infracciones, pues el Código Orgánico Integral Penal sólo permite apelar los fallos, cuando sean restrictivos a la libertad En este sentido, este trabajo pretende demostrar las falencias normativas que existen en el procedimiento especial para contravenciones de tránsito
Descripción : The recently approved Code Organic Penal Integral, material expression of the Ecuadorian positive Criminal law that has as purpose according to their article 1, normar the punitive power of the State, tipificar the penal infractions, to establish the procedure for the trial of people and to promote the social rehabilitation of sentenced people and the integral repair of the victims, creó in the book second that talks about the penal adjectival procedure, the special procedures for the smallest trials of crimes whose pain doesn't exceed of 10 or 5 years, depending on the case. These procedures are: the abbreviated one, the direct one, the expedite one and the procedure for the private exercise of the action. The foundation of the same ones, is to give bigger velocity and agility to the administration of penal justice, with terms courts in those that should be made the trial audiences, but this velocity, in many of the cases doesn't allow the offender to exercise its right to the defense with the time and the opportunities that it allows him the Constitution of the Republic. It is the case of the expedite special procedure for traffic breaches, same that in their rules settled down in the Código Orgánico Integral Penal, it restricts constitutional laws to the same one and the self-defense, everything that when an offender is mentioned in a different place and very far from his home, he won't have the same time that another to prepare his defense, or in the worst in the cases, he will not even have the opportunity to return to refute his citation; another case is the restriction to appeal the sentences in this type of infractions, because the Coding Organic Integral Penal only allows to appeal the shortcomings, when they are restrictive to the freedom, in this sense. This work seeks to demonstrate the normative falencias that exist in the special procedure for traffic infractions
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/9171
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