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dc.contributor.advisorCosta Cevallos, Marcelo Armando-
dc.contributor.authorChamba Salinas, Luis Antonio-
dc.date.accessioned2016-03-24T16:51:36Z-
dc.date.available2016-03-24T16:51:36Z-
dc.date.issued2016-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/9116-
dc.descriptionThis paper deals with legal research: "Need to incorporate the Art 171 of COIP, concerning the crime of rape, a modifying factor in the offense, turning to crime of rape, when the parties involved in the sexual act are teenagers and consent. voluntarily on the spot, considering the age and definition of adolescent established in Art. 4 of the Code for Children and Adolescents ", interest in developing this theme, is that teenagers are the protagonists of conflict with the criminal law, both the aggressor and the victim are involved in sexual offenses, victim side for consent to the sexual act, which should be treated by health professionals and psychologists; on the other hand, the offender is to be a teenager who acts in the sexual act with the consent of the victim who accepts his consent, so the court must adapt to the wrongful conduct that would be criminal according to the evidence in a crime of rape or statutory rape. It is time for our criminal law considers the consent of the adolescent victim to have sex with other adolescents and achieve repair these relations couples, who before the law becomes crime, so, typify each offense of sexual offenses. It is necessary to reform the Penal Code of Integral. The theoretical, legal and doctrinal gathering, conducting surveys and interviews yielded widely recognized criteria clear and precise basis of literature, which contributed to the verification of the objectives and the testing of the hypothesis concerning this practice; both the Constitution of the Republic of Ecuador, like other customs laws criminalizing the procedure and procedural principles to be compulsorily applied by the authorities and justice operatorses_ES
dc.description.abstractEl presente trabajo de investigación jurídica versa sobre: “Necesidad de incorporar al Art. 171 del COIP, referente al delito de violación, una circunstancia modificatoria del delito, transformándolo a delito de estupro, cuando las partes intervinientes en el acto sexual sean adolescentes y consientan voluntariamente en el acto, considerando la edad y definición de adolescente establecidas en el Art. 4 del Código de la Niñez y Adolescencia”, el interés por desarrollar este tema, se debe a que los adolescentes están siendo protagonistas de conflictos ante la ley penal, tanto el agresor como la víctima están inmersos en delitos sexuales, por un lado víctima consiente el acto sexual, por lo que debe ser tratada por profesionales de la salud y por psicólogos; por otro lado, el infractor resulta ser adolescente quien actúa en el acto sexual con el consentimiento de la víctima quien acepta su consentimiento, por lo que, el Juzgador debe adecuar la conducta ilícita a un tipo penal que resultaría de acuerdo a las pruebas aportadas en un delito de violación o delito de estupro. Es hora que nuestra legislación penal considere el consentimiento de la víctima adolescente en tener relaciones sexuales con otro adolescentes y se lograr reparar estas relaciones de parejas, que ante la ley se convierten en delito, por así, tipificarlo cada tipo penal de los delitos sexuales. Siendo necesaria una reforma al Código Orgánico Integral Penal. El acopio teórico, jurídico y doctrinario, la aplicación de encuestas y entrevistas, permitió obtener criterios con fundamentos claros y precisos, de bibliografía muy reconocida, que aportaron a la verificación de los objetivos y a la contrastación de la hipótesis planteada referentes a esta práctica; tanto la Constitución de la República del Ecuador, como las demás leyes aduaneras que tipifican el procedimiento a seguir y los principios procesales que deben ser aplicados obligatoriamente por las autoridades y operadores de justiciaes_ES
dc.format.extent134 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherLojaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectABUSO SEXUALes_ES
dc.subjectDELITO DE VIOLACIÓNes_ES
dc.subjectESTUPROes_ES
dc.subjectPENALIZACIÓNes_ES
dc.titleNecesidad de incorporar al art. 171 del COIP, referente al delito de violación, una circunstancia modificatoria del delito, transformándolo a delito de estupro, cuando las partes intervinientes en el acto sexual sean adolescentes y consientan voluntariamente en el acto, considerando la edad y definición de adolescente establecidas en el art. 4 del Código de la Niñez Y Adolescenciaes_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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