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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/9098
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Ortega Cevallos, Marco Vinicio | - |
dc.contributor.author | Celi Guato, Hernán Bolívar | - |
dc.date.accessioned | 2016-03-22T20:15:16Z | - |
dc.date.available | 2016-03-22T20:15:16Z | - |
dc.date.issued | 2015 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/9098 | - |
dc.description | This research raises the urgency of establishing an express provision for the formation of local instances of participation so that regulates the discretionary authority in their appeals. As such, it requires a study from the conceptual, doctrinal and legal, to justify the implementation of a reform that accounts for the generation of a real system of citizen participation, which in turn requires the same social network organizations internal democratization process to strengthen them. In this context, the framework provides definitions from the field of political science at being addressed as related to the state, the nation, civil society, development, political organization and social organization. Meanwhile in terms of constitutional law related meanings neoconstitutionalism, democracy, civic participation, autonomy and public deliberation is addressed. On the side of the doctrinal framework, the opinion of the different writers in the field of law, philosophy and sociology disciplines are interrelated for the study of human behavior in different historical periods is reviewed. In this chapter the development of democracy and its relationship with society is analyzed, and the existing power groups, starting with the family as the basic expression of social organization in the territory, through the Athenian city-state emerges as the most advanced political organization with the emergence of the state, appearing for the first time the concept of democracy as a form of management that, until our days when the term of democracy itself struggles to the extent that it excludes decisions most important to the majority of society, whose presence is reduced only to the electoral field. In this period growing demands of social organizations demanding transparency in the management of greater social control authorities and begins to struggle on the dimension of democracy, currents appear defend a model of representative democracy delegating political subjects solution social needs; and participatory democracy whose essence lies in the presence of citizens in decision-making and social control of the rulers and their management. Regarding the legal framework legislation containing provisions on public participation such as the Organic Code of Planning and Public Finance, the Organic Code of Territorial Organization, Autonomy and Decentralization, Organic Law of Citizen Participation and especially is reviewed Constitution of the Republic guarantees the mainstreaming of citizen participation, which reached maximum expression in generating institutions like Transparency and Social Control that comprise the Council of Citizen Participation and Social Control and enforcement agencies in this Standard Fundamental. In the field of comparative law it has been collected Bolivian, Nicaraguan and Venezuelan legislation because they contain standards for public participation in the field of management of local governments, to which our legal system are called Autonomous Decentralized Governments. It has not been included in the analysis of comparative law to Argentina, Colombia, Chile and Peru, containing legal bodies that regulate citizen participation in the framework of electoral processes regarding the citizens' legislative initiative and the removal of office, but no established regulatory processes of interaction with local authorities and civil society organizations in those territories. The legislation refers to the integration of local instances of citizen participation, guarantees individual and collective presence of citizens; however, it is accurate to highlight the importance of social organizations as managers of public policy, and because they are collected individual aspirations. Therefore emphasizes the importance of strengthening social organizations, respecting their autonomy in relation to state bodies. With these considerations, the research proposes an amendment to the Organic Law of Citizen Participation that allows to improve the levels of participation of social organizations on the basis of autonomy, that is, organizations can decide which areas involved and with whom. In other words, proactively it exercises the right of association, without discretionary authority in shaping convene the participation instances, but are the result of the desirability of the social partners and individuals. A reform at the same time identify with clarity what are the modalities of participation in the territory and differentiate internal organizational structures that stimulate their functioning; and to harmonize the various provisions that refer to instances of participation, especially as regards the legislative act to formalize its presence both at the level of planning and the budgeting. The urgency of reform is based on the requirement of most leaders of social organizations through a survey made by the investigator on the need for a change in the law made visible to account for a deepening of democracy from the perspective relations with the local authority, and within their own social organizations | es_ES |
dc.description.abstract | La presente investigación plantea la urgencia del establecimiento de norma expresa para la conformación de las instancias locales de participación de forma que regule la discrecionalidad de la autoridad en sus convocatorias. En tal virtud, se precisa realizar un estudio desde el ámbito conceptual, doctrinario y jurídico, que justifiquen la implementación de una reforma que dé cuenta de la generación de un real sistema de participación ciudadana, que a la vez exija de las mismas organizaciones sociales un proceso de democratización interna para su fortalecimiento. En este contexto, el marco conceptual contiene definiciones desde el ámbito de la Ciencia Política en la que se aborda lo relacionado al Estado, la nación, la sociedad civil, el desarrollo, la organización política y la organización social. Por su parte en el plano del Derecho Constitucional se aborda acepciones relacionadas con el neoconstitucionalismo, la democracia, la participación ciudadana, la autonomía y la deliberación pública. Por el lado del marco doctrinario, se revisa la opinión de los diferentes tratadistas en el campo del derecho, la filosofía y la sociología, disciplinas que se interrelacionan entre sí para el estudio del comportamiento humano en las diferentes épocas históricas. En ese capítulo se analiza el desarrollo de la democracia y su vinculación con la sociedad, y los grupos de poder existentes, empezando por la familia como expresión básica de organización social en el territorio, pasando por la ciudad-Estado ateniense que surge como lo más avanzado de la organización política con el surgimiento del Estado, apareciendo por primera vez el concepto de democracia como forma de administración de aquél, hasta llegar a nuestros días en los que se debate la vigencia de la misma democracia en la medida que excluye de las decisiones más importantes a la mayoría de la sociedad, cuya presencia se reduce únicamente al ámbito electoral. En este período crecen las demandas de las organizaciones sociales exigiendo transparencia en la gestión de las autoridades y mayor control social, empieza a debatirse sobre la dimensión de la democracia, aparecen corrientes que defienden un modelo de democracia representativa que delega a los sujetos políticos la solución de las necesidades sociales; y la democracia participativa cuya esencia radica en la presencia de los ciudadanos en la toma de decisiones y control social de los gobernantes y de su gestión. En lo que respecta al marco jurídico se revisa la legislación que contiene disposiciones relativas a la participación ciudadana como son el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, Ley Orgánica de Participación Ciudadana y sobre todo la Constitución de la República que garantiza la transversalidad de la participación ciudadana, cuya máxima expresión alcanza en la generación de institucionalidad como la Función de Transparencia y Control Social que la integran el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y los organismos de control establecidos en la Norma Fundamental. En el ámbito de la legislación comparada se ha recogido la legislación boliviana, nicaragüense y venezolana, ya que contienen normas relativas a la participación ciudadana en el ámbito de la gestión de los gobiernos locales, a lo que nuestro ordenamiento jurídico los denomina Gobiernos Autónomos Descentralizados. No se ha incluido en el análisis de la legislación comparada a la argentina, colombiana, chilena y peruana, que contienen cuerpos legales que regulan la participación ciudadana en el marco de los procesos electorales relativos a la iniciativa legislativa ciudadana y la revocatoria de mandato, pero no establecen procesos de regulación de la interacción en las autoridades locales y la sociedad civil organizada en esos territorios. La normativa que se refiere a la integración de las instancias locales de participación ciudadana, garantiza la presencia individual y colectiva de los ciudadanos; no obstante es precisos destacar la importancia de las organizaciones sociales como gestoras de política pública, y porque en éstas se recogen las aspiraciones individuales. Por ello, se pone de relieve la importancia del fortalecimiento de las organizaciones sociales, respetando su autonomía en la relación con los órganos estatales. Con estas consideraciones la investigación propone una reforma a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana que permita mejorar los niveles de participación de las organizaciones sociales sobre la base de la autonomía, es decir, las organizaciones pueden decidir en qué espacios participar y con quienes. En otras palabras, ejercer proactivamente el derecho de asociación, sin que la autoridad en forma discrecional convoque a la conformación instancias de participación, sino que sean el resultado de la conveniencia de los actores sociales y de los individuos. Una reforma que al propio tiempo identifique con claridad cuáles son las modalidades de participación en el territorio y diferenciarlas de las estructuras orgánicas internas que dinamicen su funcionamiento; así como armonizar las distintas disposiciones que aluden a las instancias de participación, sobre todo lo concerniente al acto normativo que formalice su presencia tanto al nivel de la planificación como al de presupuestación. Esta urgencia de reforma se sustenta en el requerimiento de la mayoría de dirigentes de organizaciones sociales que mediante una encuesta formulada por el investigador en la que se visibiliza la necesidad de un cambio en la ley que dé cuenta de una profundización de la democracia desde la perspectiva de las relaciones con la autoridad local, como al interior de las propias organizaciones sociales | es_ES |
dc.format.extent | 231 p. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | Loja | es_ES |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.subject | LEY ORGÁNICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA | es_ES |
dc.subject | SOCIEDAD CIVIL | es_ES |
dc.subject | ORGANIZACIONES SOCIALES | es_ES |
dc.subject | DERECHO | es_ES |
dc.title | La ausencia de norma expresa en la Ley Orgánica De Participación Ciudadana para la conformación de las instancias locales de participación vulnera los principios constitucionales de deliberación pública y autonomía de las organizaciones sociales | es_ES |
dc.type | bachelorThesis | es_ES |
Aparece en las colecciones: | UED |
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