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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/9078
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Rodríguez, Carlos Manuel | - |
dc.contributor.author | Espinosa Cabrera, Katty Berenice | - |
dc.date.accessioned | 2016-03-21T19:50:05Z | - |
dc.date.available | 2016-03-21T19:50:05Z | - |
dc.date.issued | 2016 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/9078 | - |
dc.description | Labor law generates asymmetric relations between the contracting parties, where there is a strong part, dominant, called employer and a small part or selling workforce, called worker, therefore, labor law has a protective function with regarding worker, tending their rules to restrict free enterprise to protect the weak against the strong side. The society made by human beings, it also has some divisions, regarding age; so we have: girls, children, adolescents, from a legal point of view, is defined as the period from birth until the age of over 18 years of age or achieve emancipation. The Convention on the Rights of Niñoz into force on September 2, 1990, states that a child means every human being below the age of eighteen years unless under the law applicable to the child, is attained earlier age of majority. Starting from these social facts, it is observed with great concern that employers, families and even the state itself is generating the most absurd violation of the principles of protection to vulnerable groups, who say the rules implemented in the Labour Code because there is part definitions, principles that really are not met, this lack of effectiveness makes children and adolescents are subject to inhumane, cruel, outside any law. In this issue should be increased to the lack of sanctions against abusive employers has caused minor, in the case of our country are completely unprotected, hence the urgent need to develop changes in labor legislation and aimed at eradicating child the child labor abuse and punish drastically, those who do not comply with the provisions contained in international, national and special laws. For these reasons, the research I've done I have demonstrated the need to reform the Art. 628 of the Labour Code to increase the penalties under the pre indicate legal standard, since it is necessary to fulfill the right to legal certainty | es_ES |
dc.description.abstract | El Derecho Laboral genera relaciones asimétricas entre las partes contratantes, en las que existe una parte fuerte, dominante, denominada empleador y una parte débil o el que vende la fuerza de trabajo, llamado trabajador, por ello, el Derecho Laboral tiene una función tuitiva con respecto al trabajador, tendiendo sus normas a restringir la libertad de empresa para proteger a la parte débil frente a la fuerte. La sociedad compuesta, por seres humanos, también tiene algunas divisiones, respecto a la edad; así tenemos: niñas, niños, adolescentes, desde el punto de vista legal, se lo define como el período que abarca desde el nacimiento hasta cumplir los más de 18 años de edad o alcanzar la emancipación. La Convención sobre los Derechos del Niñoz en vigor desde el 2 de septiembre de 1990, señala que se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad. Partiendo de estos hechos sociales, se observa con suma preocupación que los empresarios, las familias e inclusive el propio estado es generador de la más absurda violación a los principios de protección hacía los grupos vulnerables, que decir de las normas implementadas en el Código de Trabajo, pues allí se enmarca definiciones, principios que en realidad no se cumplen, esa falta de efectividad hace que las niñas, niños y adolescentes sean sujetos de tratos inhumanos, crueles, al margen de toda ley. A esta problemática se debe aumentar que la falta de sanciones a los empleadores abusivos ha hecho que los menores, en el caso de nuestro país están, completamente desprotegidos de allí la necesidad de desarrollar cambios urgentes en la legislación laboral y de la niñez tendientes a erradicar el abuso en el trabajo infantil y sancionar drásticamente, a quienes no cumplan con lo normado en las leyes internacionales, nacionales y especiales. Por lo expuesto, en la investigación que he realizado he demostrado que es necesario reformar el Art. 628 del Código del Trabajo para incrementar las sanciones previstas en la norma jurídica preindicada, puesto que es menester cumplir con el derecho a la seguridad jurídica | es_ES |
dc.format.extent | 154 p. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | Loja | es_ES |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.subject | EL CÓDIGO DEL TRABAJO | es_ES |
dc.subject | RELACIÓN A LAS SANCIONES IMPUESTAS A LOS TRABAJADORES | es_ES |
dc.subject | REFORMA AL ARTÍCULO 628 | es_ES |
dc.subject | RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS | es_ES |
dc.title | Necesidad de reformar el artículo 628 del Código De Trabajo con relación a las sanciones impuestas a los empleadores | es_ES |
dc.type | bachelorThesis | es_ES |
Aparece en las colecciones: | UED |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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