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Título : La entrega de maquinarias y vehículos en las actuaciones y técnicas especiales de investigación, establecido en el art. 469 del Código Orgánico Integral Penal
Autor : Díaz Páez, Sebastián Rodrigo
Chacha Campana, Jairo Patricio
Palabras clave : EL SISTEMA PROCESAL PENAL
ELEMENTOS MATERIALES
EL HURTO DE MAQUINARIAS
LOS PERITOS
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Loja
Resumen : El sistema procesal penal se sustenta en los principios rectores de oralidad, la inmediación, la publicidad, la contradicción. El Art. 469 del Código Orgánico Integral Penal expresa que para recoger elementos materiales y evidencia física que se encuentren en objetos de gran tamaño, como naves, aeronaves, automotores, maquinarias, contenedores, grúas y otros similares, los peritos deben practicar el peritaje en el plazo señalado por la o el fiscal; luego de lo cual la o el fiscal ordenará la entrega a los dueños o legítimos poseedores, salvo aquellos susceptibles de comiso o destrucción. En el proceso, las acciones, actuaciones deben ser autorizadas por el juez penal, pero en la entrega de maquinarias y vehículos, se ha establecido la potestad de ordenarla por parte del fiscal, acción que va en contra del debido proceso, y por ende del sistema oral de contradicción de pruebas. El fiscal no tiene potestad de ordenar en un proceso, su función es de acusar, y todos las actuaciones que lleve a cabo serán autorizados por el juez de garantías penales y con ello se garanticen los principios del sistema procesal de simplificación, uniformidad, eficacia, haciendo efectivas las garantías del debido proceso, y no se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades
Descripción : The criminal justice system is based on the guiding principles of orality, immediacy, publicity, contradiction. Art. 469 of the Code of Criminal Integral says that to collect material and physical evidence that they are in large objects such as ships, aircraft, automotive, machinery, containers, cranes and the like, the experts should practice expertise in the period prescribed by or prosecutor; after which the prosecutor or the delivery order to the owners or legitimate holders, except those subject to confiscation or destruction. In the process, actions, proceedings must be authorized by the judge, but in the delivery of machinery and vehicles, has established the power to order it by the prosecutor, an action that goes against the due process, and therefore the oral adversarial system of trials. The prosecutor does not have power to order in a process, its role is to acknowledge, and all the actions undertaken shall be authorized by the judge of criminal guarantees and thus the principles of procedural system simplification, uniformity, efficiency are guaranteed, making effective the guarantees of due process and justice not be sacrificed for the mere omission of formalities
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8956
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