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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8651
Título : | Necesidad de reformar al Código del Trabajo, codificando una institución jurídica, las gratificaciones a las que se refiere el parágrafo 3ro. de las remuneraciones adicionales, para los operarios y aprendices de artesanos |
Autor : | Solano Gutiérrez, Felipe Neptalí Vera Ibarra, María Belén |
Palabras clave : | EL CONTRATO DE TRABAJO ACTIVIDAD ARTESANAL ARTESANO AUTÓNOMO PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR |
Fecha de publicación : | 2015 |
Editorial : | Loja |
Resumen : | En nuestro Código del Trabajo se encuentra establecida y normada la actividad artesanal, de igual manera se encuentra regulada los contratos que pueden celebrase tanto con un contratista, que es la persona que encarga la ejecución de una obra determinada a un artesano, como también los contratos de operarios y aprendices con el artesano, que son fundamentalmente contratos laborales. De lo que podemos determinar nace una relación laboral, que trae algunas consecuencias u obligaciones para cada una de las partes contractuales, como por ejemplo, el trabajador tiene la obligación de prestar sus servicios lícitos y personales, y el empleador la obligación de pagar la remuneración pactada en el contrato que no puede ser inferior a la básica establecida, también tiene la obligación de pagar las remuneraciones adicionales establecidas en el Código del Trabajo. Las remuneraciones adicionales a las que me refiero son la decimotercera y decimocuarta remuneraciones, que son de pago obligatorio del empleador al trabajador, sin embargo en el artículo 115 del Código del Trabajo, se encuentra establecida la exclusión al pago de estas remuneraciones adicionales a los aprendices y operarios de artesano, quienes por su condición de trabajadores, y de acuerdo a los principios constitucionales que establecen la protección del salario digno para los trabajadores y que a igual trabajo le corresponde igual remuneración, no deberían ser discriminados por la misma Ley de esta manera. De acuerdo a estas disposiciones constitucionales, que amparan el trabajo, el salario digno que cubra las necesidades del trabajador y las de su familia, es necesario e imprescindible realizar una reforma legal al Código del Trabajo, tendiente a incluir en el derecho a percibir las remuneraciones adicionales a los aprendices y operarios de artesano. La reforma está encaminada a que los artesanos reconozcan la labor ejecutada por los operarios y aprendices remunerándolos de una manera digna, que su salario cubra las necesidades básicas de estos trabajadores, ya que tienen iguales derechos que los otros trabajadores conforme lo determina la Constitución: la igualdad de derechos y oportunidades para todos los ciudadanos ecuatorianos |
Descripción : | In our Code of the Work it is established and normed the artisan activity, in a same way is regulated the contracts that can takes place so much with a contractor that is the person that takes charge the execution from a certain work to an artisan, as well as the contracts of operatives and apprentices with the artisan that you/they are fundamentally labor contracts. Of what we can determine that a labor relationship is born that brings some consequences or obligations for each one of the contractual parts, for example, the worker has the obligation of lending his licit and personal services, and the employer the obligation of paying the remuneration accorded in the contract that cannot be inferior to the basic one established, he also has the obligation of paying the additional remunerations settled down in the Code of the Work. The additional remunerations to those that we refer are however the thirteenth and fourteenth remunerations that are of obligatory payment from the employer to the worker, in the article 115 of the Code of the Work, it is established the exclusion to the payment of these additional remunerations to the apprentices and artisan's operatives who for their condition of workers, and according to the constitutional principles that establish the protection of the worthy wage for the workers and that to equal work it corresponds him same remuneration, they should not be discriminated against by the same Law this way. According to these constitutional dispositions that aid the work, the worthy wage that covers the worker's necessities and those of their family, it is necessary and indispensable to carry out a legal reformation to the Code of the Work, pretending to include in the right to perceive the additional remunerations to the apprentices and artisan's operatives. The reformation is guided to that the artisans recognize the work executed by the operatives and apprentices remunerating them in a worthy way that its wage covers the basic necessities of these workers, since they have right equal that the other workers conform it determines the Constitution: the equality of rights and opportunities for all the Ecuadorian citizens |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8651 |
Aparece en las colecciones: | UED |
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