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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorSolano Gutiérrez, Felipe Neptalí-
dc.contributor.authorMontoya Yunga, Ángel Floresmilo-
dc.date.accessioned2015-10-21T20:26:26Z-
dc.date.available2015-10-21T20:26:26Z-
dc.date.issued2015-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/8588-
dc.descriptionThe development of this thesis research includes a legal study of a subject of public interest and that therefore seeks to incorporate additional remuneration as the thirteenth and fourteenth wages to apprentices and workers of the artisans who are not established in the Labour Code as subjects of protection to a dignified life for the good life. Work as a right and a social duty, which maintains a working relationship dependency and employer maintains several responsibilities. The work is not only the basis of the economy, but also personal development, highlighting the human meaning and value of the work itself, not only by its economic performance. According to Art. 335 of the Constitution of the Republic of Ecuador establishes "The state guarantees the right to work. All forms of work are recognized in dependency ratio or autonomous work including self-support and human care; and as productive social actors, all male and female workers "and also of that law in Article 326 paragraph four which says:" A work of equal value shall equal pay "has shown a lack of compliance with this law which affects a lot of people who work every day whether apprentices or operators of artisans. The Labour Code article 115 states that the exclusion of workers and apprentices to additional remuneration established for this part of the population will not be obtained so this guild is violated since no part of such remuneration and no fundamental principles are met where the state would guarantee economic and personal development. Apprentices according to the Law of Handicrafts Promotion are people who enter a workshop in order to acquire knowledge in a particular craft branch for it must meet certain requirements of law and operators are people who perform manual labor. One can show that in our country trades workers who disclose the work they do and the rights that are not being met to bring decent work and a fair manner is. According to the analysis of field studies it has been determined that learners and workers of the artisans are those that are exclusive rights as additional remuneration. In this study what you want to clear that apprentices and artisans operators have violated them of their fundamental right, such additional remuneration set out in the Labour Code for failure to be specified in the same code . For the implementation of this thesis, I befriended both bibliographic records as mnemonics, to bring in my work the various criteria authors, the same that guided me to shape my own. I used the inductive, deductive, bibliographic, descriptive methods. For the development of this research and what has been stated above show that there is inadequate legal regulations in constant Labour Code with respect to payment of additional compensation to apprentices and workers of craftsmen, which violates his rights and the universal principle of work. Within the content of this thesis I found very important aspects to conduct research and develop it, the present research is structured according to the guidelines and specifications provided by the National University of Loja, in compliance with the regulations established in the Regulation of Academic Systemes_ES
dc.description.abstractEl desarrollo de la presente investigación de tesis comprende un estudio jurídico, parte de un tema de interés público ya que por ello se busca incorporar las remuneraciones adicionales como el decimotercera y decimocuarta sueldo hacia los aprendices y operarios de los artesanos que no están establecidas en el Código de Trabajo como sujetos de protección a una vida digna para el buen vivir. El trabajo como un derecho y un deber social, que mantiene una relación de dependencia trabajador y empleador mantiene varias responsabilidades. El trabajo no solo es la base de la economía, sino también el desarrollo personal, lo cual destaca el sentido humano y valor del trabajo por sí mismo, no sólo por sus resultados económicos. Según el Art. 335 de la Constitución de la República del Ecuador, establece “El Estado garantizará el derecho al trabajo. Se reconocen todas las modalidades de trabajo en razón de dependencia o autónomas con inclusión de labores de autosustento y de cuidado humano; y como actores sociales productivos, a todas las trabajadoras y los trabajadores”, y también del mismo cuerpo legal en su artículo 326 numeral cuatro donde dice: “A trabajo de igual valor corresponderá igual remuneración”, se ha evidenciado un falta de cumplimiento a este derecho el cual afecta a una gran cantidad de personas que laboran todos los días ya sean aprendices u operarios de los artesanos. El Código de Trabajo en su artículo 115 manifiesta que la exclusión de operarios y aprendices a las remuneraciones adicionales establecidas para esta parte de la población no serán obtenidas, por ello este gremio se encuentra vulnerado ya que no participa de dichas remuneraciones y no se cumple principios fundamentales donde el estado garantizara un desarrollo económico y personal. Los aprendices de acuerdo a la Ley de Fomento Artesanal son personas que ingresan a un taller con el objeto de adquirir conocimientos en una determinada rama artesanal para ello deberá cumplir con unos requisitos de ley y los operarios son personas que realizan trabajos manuales. Se puede evidenciar que en nuestro país se encuentra gremios de obreros que dan a conocer la labor que ellos realizan y los derechos que no se están cumpliendo para llevar un trabajo digno y de una manera justa. De acuerdo a los análisis de los estudios realizados de campo se ha determinado que a los aprendices y operarios de los artesanos son las personas que se encuentran excluyentes de derechos como las remuneraciones adicionales. En este estudio lo que se quiere dejar en evidencia que los aprendices y los operarios de los artesanos se les han vulnerado de su derecho primordial, como es las remuneraciones adicionales establecidas en el Código de Trabajo por el hecho de no ser estipulados en el mismo código. Para la ejecución de la presente Tesis, me auxilié de fichas tanto bibliográficas como nemotécnicas, a fin de aportar en mi trabajo los diversos criterios de autores, los mismos que me orientaron para plasmar el mío propio. Utilicé los métodos inductivo, deductivo, bibliográfico, descriptivo. Para el desarrollo de la presente investigación y por lo manifestado anteriormente se ha podido evidenciar que existe una inadecuada normativa jurídica constante en el Código del Trabajo en lo que concierne al pago de remuneraciones adicionales a los aprendices y operarios de los artesanos, lo que vulnera sus derechos y el principio universal del trabajo. Dentro del contenido de la presente Tesis he encontrado aspectos muy importantes para poder realizar la investigación y desarrollar la misma, el presente trabajo de investigación se encuentra estructurado de acuerdo a los lineamientos y especificaciones otorgadas por la Universidad Nacional de Loja, en observancia a la normativa establecida en el Reglamento de Régimen Académicoes_ES
dc.format.extent126 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherLojaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectREFORMA AL ARTÍCULO 115 DEL CÓDIGO DE TRABAJOes_ES
dc.subjectVALOR DEL TRABAJOes_ES
dc.subjectPRINCIPIOS CONSTITUCIONALESes_ES
dc.subjectEL SALARIOes_ES
dc.titleReforma al artículo 115 del Código de Trabajo, donde se vulneran los derechos que tienen los aprendices y operarios de los artesanos a las remuneraciones adicionales establecidases_ES
dc.typebachelorThesises_ES
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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