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Título : LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA EN RELACIÓN AL USO DE PLAGUICIDAS.
Autor : DR. Gonzalo Aguirre Valdivieso.
HURTADO OCHOA, MARCO RAMIRO
Fecha de publicación : 2013
Resumen : La presente investigación nace como una necesidad de estudiar la legislación actual que regulan los plaguicidas y otras sustancias químicas que se emplean en la agricultura del Ecuador, esto por la necesidad urgente de proteger el derecho de los consumidores, especialmente a la población lojana y del país del uso de alimentos contaminados por residuos de pesticidas, tanto en el mercado interno como el de exportación. El tema de mi investigación se titula: LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA EN RELACION AL USO DE PLAGUICIDAS. Lo cual es pertinente precisar que la nueva Constitución Ecuatoriana, en el Capítulo segundo de los Derechos del buen vivir, la sección segunda de los ambientes sanos, y en el Art 15 literal primero señala lo siguiente: Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos, agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos experimentales nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria o los ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos al territorio nacional. Mientras que en la Ley Orgánica de la Salud del Ecuador, en el Art. 116 del Capítulo IV de los plaguicidas y otras sustancias de forma incompleta dice lo siguiente: Se prohíbe la producción, importación, comercialización y uso de plaguicidas, fungicidas y otras sustancias químicas, vetadas por las normas sanitarias nacionales como internacionales así como su aceptación y uso en calidad de donaciones. Es decir la nueva Constitución demandaría una reforma legal con el fin de guardar la concerniente correlación con la actual carta política, más aún, si la norma suprema instaura derechos constitucionales en los cuales debe regirse la Ley Orgánica de la Salud Ecuatoriana, ya que estos derechos contienen referentes que deben de ser entendidos por su alcance y su naturaleza que el nuevo modelo del Estado así lo requiere, este fundado en la democracia y regido por la norma suprema basada en la justicia y, frente a lo plasmado en el contenido jurídico de la Ley Orgánica de la Salud Ecuatoriana, y la necesidad de reformar, transformar siguiendo la disposición propuesta por la Constitución vigente, como una posible y verdadera solución a la problemática planteada. La presente tesis trata de superar esta inseguridad, y mediante la investigación que elaboré pude establecer la incongruencia que genera el hecho de contar en la Ley Orgánica de la Salud Ecuatoriana con una prohibición incompleta sobre el uso de sustancias químicas, así como su aceptación y su uso en calidad de donaciones, ya que en la Constitución actual existe la prohibición más detallada y completa. Según las disposiciones constitucionales no se necesitan normas expresas para poder aplicar la regla constitucional, ya que se requiere mantener uniformidad en la legislación ecuatoriana, por ello la población investigada considera que si debe reformarse la Ley Orgánica de la Salud Ecuatoriana,para evitar dicha incongruencia ya que al aplicar la normativa vigente se genera una verdadera inseguridad jurídica , porque la normativa constitucional no puede verse vulnerada por la falta de norma secundaria, pero al preexistir la misma causaría una apropiada normativa legislativa.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/765
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