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Título : Necesidad de reformar el art. 26 del reglamento de escuelas de capacitación de conductores sportman, con la finalidad de incrementar las horas de capacitación, en el ecuador
Autor : Marcelo Armando Costa Cevallos
Cusme Cabezas, Miguel Angel
Fecha de publicación : 2014
Resumen : En nuestro país, existe una proliferación de conductores no profesionales quienes son “capacitados” en las escuelas que para el efecto se han abierto, cabe destacar que la gran mayoría de aspirantes a un certificado de conductor no profesional acuden a estas escuelas con la finalidad de aprender a conducir, y conocer sus deberes, derechos, obligaciones y responsabilidades; con ello, es necesario mencionar que se ha generado un problema social ya que existen altos índices de accidentes de tránsito que se les atribuyen a los conductores no profesionales; porque a decir de éstos, la capacitación adquirida en dichas escuelas sería muy deficiente debido al corto tiempo que se les capacita. Consecuentemente para este análisis debemos mencionar que el reglamento que norma a éstas escuelas, no ha sido modificado desde el año 2003, siendo prioritaria una modificación; con esto también, habrá que recordar lo que estatuye el Reglamento de Escuelas para Conductores Sportman, en el que se menciona la duración del curso; y en el que textualmente dice: “los cursos de capacitación de conductores no profesionales, tendrá una duración de 33 horas, las cuales comprenderán en diez (10) horas de instrucción teórica con el sistema audiovisual; quince (15) horas de instrucción práctica de conducción de vehículos; cinco (5) horas de mecánica básica ; dos (2) horas de psicología aplicada a la conducción; y, una (1) hora de primeros auxilios .” Ahora, es necesario analizar detenidamente el artículo 26 del reglamento en mención, que es el que norma la duración y las materias en las que se deben capacitar los aspirantes al certificado de conductores no profesionales; dicho esto, considero que el tiempo para capacitar a un conductor, sea este profesional o no, debe ser considerado de acuerdo a lo que realmente necesitan los futuros conductores, no profesionales o profesionales, y bajo esta hipótesis que luego se la comprobará con la investigación de campo, su duración debería incrementarse a, no menos del doble de tiempo en cada materia sea teórica o práctica que hoy en día se aplica esto es 33 horas, lo que, la propuesta sería que se aumente a 66 horas incrementando así la instrucción de manera proporcional, para de esta manera equiparar la formación práctica con relación a la capacitación de los conductores profesionales en nuestro país. Ahora, si bien es cierto la Ley de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial en su art. 4 expresamente dice: “Es obligación del Estado garantizar el derecho de las personas a ser educadas y capacitadas en materia de tránsito y seguridad vial.” Para el efecto se establecen, entre otras medidas, la enseñanza obligatoria en todos los establecimientos de educación públicos y privados del país en todos sus niveles, de temas relacionados con la prevención y seguridad vial, de conformidad con los programas de estudios elaborados conjuntamente por la Comisión Nacional del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y el Ministerio de Educación; frente a esto, nuestro principal objetivo es el de incrementar la capacitación de los aspirantes a conductores no profesionales del Ecuador, utilizando mecanismos que vayan en busca de verdaderos conductores responsables y capaces de sentarse tras el volante, con conocimientos de tal manera que ante cualquier situación de riesgo, conozcan de las maniobras que deben realizar, así mismo que puedan tomar conciencia de lo que significa para la sociedad las buenas o malas maniobras que realizan al estar tras un volante; es así, que el corto tiempo que se les capacita, no sería el apropiado para su perfeccionamiento en la práctica de la conducción. He ahí, entonces donde una de las causas de este problema social, es la de no tener conductores correctamente capacitados, y esto conlleva a un índice notoriamente elevado en cuanto a las estadísticas de accidentes de tránsito en nuestro país; claro; no vamos a dejar de mencionar que además de esto, también se le atribuyen a los accidentes de tránsito, la falta de concienciación, la irresponsabilidad e imprudencia por parte de otro gran número de conductores (as). Con ello también, a más de la impericia e irresponsabilidad de los conductores se le agrega la falta de cultura vial que tiene la ciudadanía en general. Siendo así, como parte de la solución realizaré una exhaustiva investigación para conocer de cerca y palpar la problemática existente, y de esta manera en este proyecto proponer reformas al reglamento que norme, en cuanto a la duración de la capacitación a estos establecimientos educativos para conductores Sportman, como en efecto se lo va a hacer en la continuación del mismo en su debido tiempo, y se propondrá reformar el art. 26 del cuerpo legal antes mencionado con el fin de incrementar la capacitación tanto práctica como teórica y así poder contribuir en la disminución de este mal social como son los accidentes de tránsito que se producen por impericia y falta de capacitación, esto encaminado a una sociedad con mejores conductores.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/7567
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