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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorFelipe Neptali Solano Gutierrezen_US
dc.contributor.authorCevallos Sánchez, María Augusta-
dc.date.accessioned2014-05-22T17:08:41Z-
dc.date.available2014-05-22T17:08:41Z-
dc.date.issued2014-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/7345-
dc.description.abstractEl presente trabajo de investigación, tiene como finalidad aportar con criterios en un tema de trascendental importancia en el área tributaria, como es el de las sanciones por contravenciones. Las relaciones fiscales entre los sujetos que participan en esta compleja actividad tienen una importancia relevante para el desarrollo mismo del país. Las sanciones por contravenciones establecidas en el Código Tributario serán aplicadas con una pena pecuniaria que no puede ser inferior a USD $ 30 dólares ni exceder de USD $ 1.500 dólares de los Estados Unidos de América, sin perjuicio de las demás sanciones, que para cada infracción, se establezcan en las respectivas normas. El problema que se busca enfocar, es que independiente del rango de la multa o sanción económica establecida en el Código Tributario, NO se ha estipulado como se ha de aplicar estas sanciones, la ley no es clara en este sentido, al no señalar cuáles son los parámetros a considerar al momento de emitir una resolución con el valor de la sanción; por esta razón es necesario una mejora en el ordenamiento jurídico, que no permita la interpretación discrecional de ninguna autoridad sancionadora, sino por el contrario establecer una gradación de los valores en atención a los principios de proporcionalidad y equidad que rigen el sistema tributario ecuatoriano, con la finalidad de obrar con justicia y apego a la ley. Es importante que la Administración cuente con las normas específicas que regulen su actuación, a fin de que las resoluciones emanadas en procesos de control y que imponen sanciones tengan una mayor motivación, es decir que exista una armonización entre los hechos analizados y las normas aplicables. Si bien es cierta la falencia que existe dentro del artículo 349, la Administración en pos de aplicar de manera justa y apegada a principios constitucionales emitió el denominado Instructivo en donde se gradan las sanciones, sin embargo para darle mayor fuerza al mismo es importante que sea incluido dentro del ordenamiento jurídico, pese a que en atención a la discrecionalidad de la cual está revestida es posible gradar las sanciones mediante este tipo de normativa secundaria. Esta investigación procura analizar los parámetros que ya han sido considerados por el sujeto activo de tributos, en cuanto a la motivación de los actos sancionatorios que serán emitidosen_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleReforma al articulo 349 del código tributario, respecto a la gradación de las sanciones por contravenciónen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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