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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDiaz Paez Sebastian Rodrigoen_US
dc.contributor.authorAlverca Alvarez, Fátima-
dc.date.accessioned2014-04-29T13:59:45Z-
dc.date.available2014-04-29T13:59:45Z-
dc.date.issued2014-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6875-
dc.description.abstractAl problematizar sobre vacíos legales, encontré que el Código Tributario a partir del Art. 124 estipula sobre la sustanciación de las reclamaciones, normas jurídicas que vulneran los preceptos constitucionales sobre el debido proceso y celeridad, por lo tanto, las reclamaciones deberían sustanciarse con términos adecuados que permita un ágil procedimiento. Las normas legales del Código Tributario contenidas en los artículos 124 al 134, contienen plazos excesivos que distan mucho de la eficiencia de la administración pública y de la celeridad que debe existir en toda controversia sea ésta judicial o administrativa. Al ejecutar la investigación pude establecer y demostrar que debe reformarse el Código Tributario estipulando un trámite para las reclamaciones de los contribuyentes ágil y oportuno.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleReformas al código tributario respecto al procedimiento de las reclamacionesen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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