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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6845
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Felipe Neptali Solano Gutiérrez | en_US |
dc.contributor.author | Vásquez Ramírez, Carlos Manuel | - |
dc.date.accessioned | 2014-04-28T15:40:18Z | - |
dc.date.available | 2014-04-28T15:40:18Z | - |
dc.date.issued | 2014 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6845 | - |
dc.description.abstract | La presente tesis lleva por título: “Necesidad de reformar el régimen de juzgamiento del menor adulto responsable de accidentes de tránsito, considerando su desarrollo bio-sico-social; previo aplicar medidas socioeducativas proporcionales que permitan su rehabilitación”, al estudiar las Infracciones de Tránsito, son las acciones u omisiones que, pudiendo y debiendo ser previstas pero no queridas por el causante, se verifican por negligencia, imprudencia, impericia o por inobservancia de las leyes, reglamentos, resoluciones y demás regulaciones de tránsito. Las infracciones de tránsito se clasifican en contravenciones y delitos; Las infracciones de tránsito son culposas y conllevan la obligación civil y solidaria de pagar costas, daños y perjuicios, por parte de los responsables de la infracción, no serán punibles cuando son resultado de fuerza mayor y caso fortuito. Es así un ejemplo un delito de transito seria; quien conduciendo un vehículo a motor en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, ocasionare un accidente de tránsito del que resultaren muertas una o más personas será sancionado con reclusión mayor ordinaria de ocho a doce años, revocatoria definitiva de la licencia para conducir vehículos a motor y multa equivalente a treinta (30) remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general. Pero estos delitos y sanciones de transito son aplicables únicamente a los infractores adultos, y no a los adolescentes, ni menores adultos; por lo tanto, estos son reprimidos con medidas socioeducativas que no garantizan en nada su rehabilitación, volviéndoles sujetos al volante peligrosos para la sociedad. El acopio teórico, jurídico y doctrinario, el estudio de casos, la aplicación de encuestas y entrevistas, me permitió obtener criterios con fundamentos claros y precisos, de bibliografía muy reconocida, que aportaron a la verificación de los objetivos y a la contrastación de la hipótesis planteada; tanto la Constitución de la República del Ecuador, como dispone que el Estado garantice la libertad de transporte terrestre, aéreo, marítimo y fluvial dentro del territorio nacional, sin privilegios de ninguna naturaleza. Además establece que regulará el transporte terrestre, aéreo y acuático. | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | Necesidad de reformar el regimen de juzgamiento del menor adulto responsable de accidentes de tránsito, considerando su desarrollo bio-sico-social; previo aplicar medidas socio-educativas proporcionales que permitan su rehabilitación | en_US |
dc.type | bachelorThesis | en_US |
dc.tipo.spa | bachelorThesis | es_Es |
Aparece en las colecciones: | UED |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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