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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6196
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Gonzalo Iván Aguirre Valdivieso | en_US |
dc.contributor.author | Iñiguez Romero, Carlota De Los Angeles | - |
dc.date.accessioned | 2014-04-02T17:01:19Z | - |
dc.date.available | 2014-04-02T17:01:19Z | - |
dc.date.issued | 2013 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6196 | - |
dc.description.abstract | He planteado como tema de investigación “La libertad de expresión y la responsabilidad ulterior”, en virtud a que es un tema de coyuntura regional; y como tal la problemática está basada en los hechos reales; en principio todas las opiniones están protegidas por la libertad de expresión pero no están asumidas dentro de ello la responsabilidad ulterior, y quizás ese es el motivo básico, para que el régimen político del Ecuador haya puesto énfasis en que sin responsabilidad ulterior no hay libertad de expresión y situará al debate internacional una propuesta política jurídica, como es la Ley Orgánica de Comunicación, por ejemplo. Y haya sido inspiración para este trabajo de investigación. La Constitución de la República en su art. 384, dice: “El sistema de comunicación social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana… por lo que formulará la política pública de comunicación, garantizando de por vida la libertad de expresión”. La libertad de expresión es un derecho cuyo ejercicio debe ser asegurado por el sistema de comunicación social. La política pública de comunicación debe manifestar con respeto irrestricto a la libertad de expresión en los términos de la propia Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Pero esto no es válido ni una garantía por parte de los actores: medios de comunicación social privados, ONGS, gremios y otros, que el régimen político lo respete y deciden acudir hasta La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto De San José) de la cual el Ecuador es suscriptor, para diseñar por su propia cuenta una estrategia y debate que ya pasaron las fronteras y estancándose en ello porque ni el uno ni el otro sector, dan su brazo a torcer. El régimen empieza a sacar las uñas y decide aplicar lo que la Constitución dice (Art.384) Llevando varias causas jurídicas a foros nacionales e internacionales con el fin de pedir sanción y buscar que los actores asuman su responsabilidad ulterior, logrando que los tribunales de justicia del país le dieran la razón en tres causas jurídicas; diario “El Universo”, El Gran Hermano y Diario La Hora. Esto en vez de apaciguar la relación entre medios de comunicación y gobierno, prendió más el debate sobre la libertad de expresión y la responsabilidad ulterior. Trayendo a flote todo el pasado político, social, económico, en fin, de la vida republicana del Ecuador donde la prensa nacional e internacional siempre tuvo como exclusivo la libertad de expresión sin responsabilidad ulterior, dejando al Estado y a los Ciudadanos sin ese derecho humano. los medios de comunicación social en el país, siempre fueron absueltos de cualquier causa jurídica, los medios de información siempre fueron mirados como intocables, infalibles, tomaron permanente partida de los actos más trascendentales del país como por ejemplo: las caídas y sublevaciones de los militares en la destitución ilegal de los gobiernos elegidos por el pueblo en las urnas por ejemplo, la crisis bancaria de 1999 donde el Estado y los ciudadanos tuvieron que cambiar su forma de vida por el asalto a sus recursos económicos depositados en el sistema bancario. Para analizar e investigar con responsabilidad social, he utilizado varios mecanismos sobre todo de la encuesta y la entrevista, buscando a personas que están o han estado inmiscuidos en la libertad de expresión, sea desde la Academia, desde la organización de los derechos humanos, desde la legislación para la elaboración del proyecto de Ley Orgánica de Comunicación, desde los medios de comunicación y comunicadores sociales, esto es redactores, reporteros, columnistas y como televidentes, lectores, oyentes. Asumiendo como un trabajo que en la práctica me hace solo bien a mi misma como la responsable para alcanzar no solo una nota, sino, como una muestra de que el tema no me es ajeno por mi experiencia personal como ex reportera, me tome el trabajo de revisar videos y entrevistas que tanto la OEA, CIDH donde tienen a la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, la misma que tiene el respaldo de las organizaciones de la sociedad civil, medios de comunicación periodistas y, principalmente, las personas que han sido víctimas de violaciones a su derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, que me han permitido sustentar este trabajo investigativo con más hechos y antecedentes legales. El objetivo general se ha cumplido realmente como se lo diseño al inicio, permitiendo realizar un estudio jurídico, doctrinario y crítico sobre la libertad de expresión y la responsabilidad ulterior, establecida desde la Constitución de la República del Ecuador, la Convención Americana de los Derechos Humanos, (Pacto De San José) vigentes y otros instrumentos internacionales. | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | La libertad de expresión y la responsabilidad ulterior | en_US |
dc.type | bachelorThesis | en_US |
dc.tipo.spa | bachelorThesis | es_Es |
Aparece en las colecciones: | UED |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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