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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorGonzalo Iván Aguirre Valdiviesoen_US
dc.contributor.authorCastillo Jaya, José Antonio-
dc.date.accessioned2014-04-02T16:02:54Z-
dc.date.available2014-04-02T16:02:54Z-
dc.date.issued2013-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6174-
dc.description.abstractLa prescripción es el modo de adquirir el dominio de una cosa o libertarse de una carga u obligación, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones señaladas en la Ley, por lo tanto constituye el mecanismo por el cual podemos adquirir en forma legal la propiedad de un bien inmueble. Al respecto el Código Civil en el artículo 2410 al referirse a la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio manifiesta: el dominio de las cosas comerciales que no han sido adquiridas por la prescripción ordinaria pueden serlo por la extraordinaria, bajo las reglas que van a expresarse”, esto es que tenga la posesión material del predio por más de quince años con el ánimo de señor y dueño, sin que persona o autoridad alguna haya obstruido o pretendido despojarla de la posesión, pero dicho derecho debe ser reconocido en forma legal por un juez; quien mediante sentencia le confiere la titularidad del bien inmueble por el transcurso del tiempo, en mi criterio, y por el análisis de las disposiciones legales aplicables a esta materia, sostengo fundamentalmente que: la prescripción, como modo de adquirir el dominio, confiere la propiedad por el simple hecho de haber poseído una cosa, durante el tiempo que señala la Ley y con los requisitos que ella indica (ejemplo, si se trata de Prescripción Ordinaria es requisito el Justo Título; si se trata de Prescripción Extraordinaria es requisito que quién prescribe, si fue "mero tenedor" que se auto-convirtió en poseedor, no haya poseído con violencia ni clandestinidad).- No se requiere, pues, en todos los casos de prescripción adquisitiva de dominio, de una sentencia judicial que declare tal prescripción en favor del prescribiente, fallo que solo será necesario obtener cuando se promueva un juicio contra dicho prescribiente, o cuando este se vea precisado a plantear litigio judicial contra alguien que enerva su posesión o desconoce su derecho.. Ante la problemática antes descrita decidí elaborar el presente trabajo investigativo titulado: “ANALISIS JURIDICO, DOCTRINARIO Y DE CAMPO DE LA PRESCRICPION ADQUISITIVA DE DOMINIO CONTENIDA EN EL TITULO XL DEL CODIGO CIVIL” en el que realizo un análisis doctrinario y jurídico de la problemática planteada, logrando demostrar la falencia de la ley y la necesidad urgente de reformar la norma, a efecto de vulnerar el derecho de las personas a adquirir la propiedad por medio de la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio. Por consiguiente dentro de este trabajo se recogen los argumentos teóricos, resultados de la investigación de campo, en cuyo análisis se demuestra que la prescripción, como modo de adquirir el dominio, confiere la propiedad por el simple hecho de haber poseído una cosa, durante el tiempo que señala la Ley y con los requisitos que ella indica, no se requiere, pues, en todos los casos de prescripción adquisitiva de dominio, de una sentencia judicial que declare tal prescripción en favor del prescribiente.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleAnalisis juridico, doctrinario y de campo de la prescricpion adquisitiva de dominio contenida en el titulo xl del codigo civilen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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