Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5841
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorGuido Adalfer Gonzalez Farezen_US
dc.contributor.authorCevallos Santin, Gloria Angelica-
dc.date.accessioned2014-03-07T17:07:26Z-
dc.date.available2014-03-07T17:07:26Z-
dc.date.issued2014-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5841-
dc.description.abstractEn el presente trabajo denominado “NECESIDAD DE REFORMAR EL CODIGO CIVIL Art. 1338, CON LA FINALIDAD DE EFECTIVIZAR EL PRINCIPIO JURIDICO DE CELERIDAD PROCESAL” he desarrollado un estudio doctrinario y análisis jurídico respecto del derecho de sucesión, las formas jurídicas de partición, el derecho a la propiedad garantizado por la Constitución de la República, se ha determinado además la Sucesión como conceptualización jurídica y castellana, quienes pueden y deben, por mandato de ley subrogar; las clases de Sucesión que se dan y se encuentran establecidas en el Código Civil vigente. He desarrollado un análisis sobre el Titulo normado en el Código Civil respecto a la sucesión, determino además la forma de suceder como es la herencia, las clases de herederos. En el marco doctrinario determino los antecedentes que originaron la sucesión como norma civil, he logrado determinar a los Titulares de la partición, desarrollo un análisis de la naturaleza y efectos jurídicos que se derivan de la partición. En el Marco Jurídico invoco a la Constitución de la República como la norma que garantiza y da protección a los ciudadanos y ciudadanas y también da forma y protección al derecho de propiedad; el Código Civil: singularizo como el dominio al que se lo denomina también propiedad, como derecho de una cosa corporal o incorporal, disponiendo su uso, y goce de la misma siempre amparada en el derecho de propiedad invocado en la Constitución Posteriormente determino en un análisis de algunos cuerpos civiles de Alemania, de Japón, de Francia y tomando como antecedente el derecho romano, que si se ha producido alguna variación, respecto a la propiedad la forma de heredar se lo ha hecho en algo mínimo pero sin topar en absoluto la forma de heredar o suceder y quiénes son los legítimos herederos. Este trabajo, lo considero de suma importancia puesto que a través del mismo he desarrollado con amplitud un análisis profundo del derecho sucesorio, del derecho a la propiedad y de la protección que da el Estado, a través de sus leyes, particularmente el Código Civil, al derecho de herencia; lastimosamente, el tratamiento que se le da desde el proceso, no cumple con las expectativas que tenemos los ecuatorianos, en cuanto ansiamos recibir una justicia ágil y oportuna, pues como tantas veces he Manifestado, el procedimiento que se da al derecho de sucesión se ha vuelto engorroso, tortuoso y lento; y en algunos casos la herencia o la partición no se cumple nunca, trayendo como consecuencia perjuicios económicos a los herederos, pues al no poder tener individualizadas sus herencia los vuelve vulnerables, en cuanto a ser partícipes de otros derechos. Por lo expuesto considero oportuno proponer las reformas respectivas tanto al Código Civil como al Código de procedimiento Civil, pues lo que se busca a través de las normas es ser justos agiles y oportunos en la aplicación de la justicia. Las reformas que propongo van a ser el camino para volver a creer en la justicia y para hacer de la función judicial, una función que transparente y agilite la prestación de sus servicios.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleNecesidad de reformar el codigo civil art. 1338, con la finalidad de efectivizar el principio juridico de celeridad procesalen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
Aparece en las colecciones: UED

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
Gloria Angelica Cevallos Santin.pdf1,63 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.