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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorMarcelo Armando Costa Cevallosen_US
dc.contributor.authorDueñas Martínez, Víctor Emilio-
dc.date.accessioned2014-03-07T14:49:51Z-
dc.date.available2014-03-07T14:49:51Z-
dc.date.issued2013-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5817-
dc.description.abstractLa sociedad ha venido sufriendo una serie de cambios estructurales, que han dado como resultado una serie de conflictos en el ámbito jurisdiccional, lo que es precisamente lo que el Estado ha tratado de compensar, mediante medios normativos que sirven como instrumento de protección y garantía. Cuando hablamos de menores de edad, se revela una serie de pautas en el orden social, familiar y personal. Es claro que el Estado los ha ubicado como un grupo de atención prioritaria, desde ese punto de vista sociológico, como jurídico, en razón de su capacidad relativa frente a los actos y declaraciones de voluntad y principalmente por la fragilidad frente a la peligrosidad de la influencia criminal en la que vivimos en la actualidad. Por otro lado, el crimen se ha comportado como un mal social, con estrategias delictuales que han sido duras de erradicar, tenemos entonces la aparición de medios tecnológicos, que han sido la fuente de distorsión y de acopio de información muchas veces atentatorias contra la moral de las personas, y cuando la precitada información, atiende temas que afectan la salud psicológica de los menores de edad, es cuando, encontramos un problema grave, puesto que la formación de un menor de edad, no tiene que ser distorsionada desde ningún punto de vista, esto claramente atenta contra sus derechos intrínsecos, en el marco de los principios rectores que garantizan el equilibrio y desarrollo integral del menor de edad, así como, las garantías constitucionales que les procura el ambiente sano, adecuado, sustentable, en función de políticas en favor del modelo en construcción. Los medios de comunicación, como es el caso de la Internet, que expone información dañina para la salud mental de los menores de edad, cuando proyectan información pornográfica, servicios sexuales con menores de edad, entre otros, logran inducir en la mente del menor de edad ideas impropias, ajenas a la moral y las buenas costumbres, y más bien dañan desde la óptica socio – jurídica elemental, el bien jurídico de la integridad física y psicológica, que para el presente estudio, representa la matriz problemática, que llevó al estudio doctrinario y empírico en procura de los resultados que arrojó la investigación, es decir, reformas que permitan imponer sanciones a quienes proveen el servicio, con esta clase de información.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleNecesidad de declarar responsabilidad penal de los proveedores de servicios de internet, en relación al ejercicio de los derechos, desarrollo integral y psicológico de menores en el ecuadoren_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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