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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5796
Título : | Reforma al art. 147 numeral 16 de la constitución de la república del ecuador, en relación a los integrantes del alto mando militar y policial |
Autor : | Galo Blacio Aguirre Maldonado Piedra, Miguel Elicio |
Fecha de publicación : | 2013 |
Resumen : | El Presidente de la República que ejerza la máxima autoridad, es una potestad por ser responsable de la Administración Pública, pero la atribución que se le da de designar a los integrantes del alto mando militar y policial, va en contra a los fundamentos de la democracia, en que las servidoras y servidores de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional se formarán bajo los fundamentos de la democracia y de los derechos humanos, y respetarán la dignidad y los derechos de las personas sin distinción de alguna y con apego irrestricto al ordenamiento jurídico. Si el Presidente de la República elige a los altos mandos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, conlleva a una politización de estos organismos, que aunque sean obedientes y no deliberantes, cuando el Presidente de la República escoge a los que sean del perfil o alineados a su forma de gobierno, es aquí cuando los mandos se sienten que deben un favor a alguien, y no cumplen su obligación de trabajar por el Estado y no por el Gobierno de turno, y ello induce a la política en el momento que los mandos son designados por el Presidente de la República. Y al asumir posturas políticas pueden crear un Estado deliberativo dentro de sus propias filas, lo cual es necesario, se enmiende la Constitución de la República del Ecuador, como atribución del Presidente de la República: Que los mandos militares y policiales sean designados conforme a su propia reglamentación interna la misma que velará por el irrestricto cumplimiento de sus obligaciones frente al Estado y no al gobierno de turno que posiblemente los pondría en esos puestos. La designación de los altos mandos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, deben ser designados, bajo las potestades de los propios reglamentos, porque por ejemplo si se elige como comandante de las Fuerzas Armadas a una persona de menor jerarquía, conlleva a dejar fuera a gente muy proba, y distorsionaría el grado de oficiales que debe existir en las Fuerzas Armadas, lo cual va en contra de los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación del procedimiento administrativo en las Fuerzas Armadas y en la Policía Nacional. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5796 |
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