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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/577
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | DR. Juan De Dios Maldonado. | en_US |
dc.contributor.author | CASTRO OSORIO, MÓNICA PATRICIA | - |
dc.date.accessioned | 2013-07-31T14:59:38Z | - |
dc.date.available | 2013-07-31T14:59:38Z | - |
dc.date.issued | 2013 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/577 | - |
dc.description.abstract | El Art. 11. 3 de la Constitución se manifiesta que “Los derechos y garantías establecidas en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos hu-manos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte”; en el Art. 40.3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se establece que la acción de protección se podrá presentar cuando se de la “Inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y eficaz para proteger el derecho violado” y más adelante en el Art. 42.4 señala que la acción de protección de derechos no procede “Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz”. La acción de protección se la convirtió en residual, subsidiaria, restrictiva, excluyente. Aprobamos una Constitución garantista de derechos, se declara que el Ecuador es un "Estado Constitucional de Derechos y Justicia" y al año se expidió una "ley de garantías" que crea barreras al ejercicio de la principal garantía constitucional como es la acción de protección. Lo que ocurre es que, no hay consecuencia con una Constitución garantista de derechos, pues se habrá pensado que iban a llover las acciones de protección para hacer efectivos los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Por estas circunstancias es inaplicable la acción de protección señalada en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, cuando el acto administrativo puede ser impugnado en la vía judicial, vulnerando el ejercicio de la acción de protección al amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución. | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | NECESIDAD DE FACILITAR LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN COMO GARANTÍA CONSTITUCIONAL EN LA LEY ORGÁNICA DE GARANTÍAS JURISDICCIONALES Y CONTROL CONSTITUCIONAL. | en_US |
dc.type | bachelorThesis | en_US |
dc.tipo.spa | bachelorThesis | es_Es |
Aparece en las colecciones: | UED |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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