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dc.contributor.advisorDR. ANÍBAL GUARNIZO JARAMILLO. MG. SC.en_US
dc.contributor.authorERAZO CHALCO, GLADYS JANETH-
dc.date.accessioned2013-10-15T14:58:11Z-
dc.date.available2013-10-15T14:58:11Z-
dc.date.issued2012-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/3651-
dc.description.abstractLa Constitución de la República del Ecuador en el Art 67 reconoce a la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines, se basará en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes. Además el Estado formulará y ejecutará políticas para alcanzar la igualdad entre hombres y mujeres. Así también señala la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia conocida como Ley 103, reconociendo en el Art. 4 reconociendo las formas de violencia intrafamiliar, como son la física, psicológica y sexual, pero no considerando que éstas se derivan de la violencia económica, y que es el factor generador de la desarmonía en el hogar, para que se cree actos violentos entre la pareja y los integrantes de la familia. Al revisar la Constitución de la República del Ecuador, la Ley 103, puedo manifestar que estas normas no son insuficientes, la Ley debe ser clara, y tipificar agregando otro numeral en el Art. 4, a la violencia económica como otro forma de violencia intrafamiliar. La violencia económica tiene diversas consecuencias, así lo señalaron las personas que fueron encuestadas, entre las cuales se encuentran, la sumisión, dependencia, tolerancia, humillación, inestabilidad que produce el mal vivir, se incrementan las lacras sociales, dependencia en todos sentidos. La violencia económica, en ésta problemática planteada, se encamina a que es el Estado es responsable de crear un política social familiar, adecuada, que los derechos no sean vulnerados y que los más sensibles a sufrir o ser víctimas de violencia como son; los niños, niñas, adolescentes y mujeres, cuenten con una vida digna, un derecho a la vida, trabajo con remuneración, y que se elimine la explotación laboral infantil, la discriminación de género, que esto no queda en simple letra muerta, queremos una sociedad justa y equitativa. En lo concerniente a la metodología aplicada he utilizado la señalada en el proyecto de investigación con la utilización de métodos, técnicas, y procedimientos que fueron necesarios para el desarrollo, culminación y éxito de la presente tesis.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleNECESIDAD DE INCORPORAR EN LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE DE LA LEY 103, CONTRA LA VIOLENCIA DE LA MUJER Y LA FAMILIA, LA VIOLENCIA ECONÓMICA COMO OTRA FORMA DE MALTRATO INTRAFAMILIARen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
Aparece en las colecciones: Biblioteca FJSA

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