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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDRA. REBECA AGUIRRE DE E.en_US
dc.contributor.authorGUZMÁN ROJAS, ANA PAOLA-
dc.date.accessioned2013-10-15T12:02:04Z-
dc.date.available2013-10-15T12:02:04Z-
dc.date.issued2012-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/3627-
dc.description.abstractLa Constitución de la República del Ecuador (Art. 229), establece a favor de las servidoras y servidores públicos, que sus derechos son irrenunciables, y que la Ley deberá regular aspectos como el régimen disciplinario. A objeto de promover el cumplimiento cabal de las funciones atribuidas a cada uno de las servidoras y servidores públicos, la Ley Orgánica del Servicio Público, establece la posibilidad de que la Autoridad nominadora pueda imponer sanciones administrativas disciplinarias a quienes incumplieren en sus obligaciones. La misma Ley en referencia establece que quien contraviniere a las disposiciones de las normas de la materia, deberán ser sancionados disciplinariamente por orden de gravedad: a) Amonestación verbal; b) Amonestación escrita; sanción pecuniaria administrativa; suspensión temporal sin goce de remuneración; y, e) destitución. No obstante, al revisar la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento, he podido determinar que, en lo concerniente a la sanción de suspensión temporal sin goce de remuneración, no se establecen, en forma específica , concreta, detallada y en forma expresa las causales para la aplicación de dicha sanción, situación que ha generado una serie de inconvenientes y como es lógico ha producido inseguridad jurídica en la sociedad por cuanto se han afectado los derechos de los servidores públicos, ya que estos están a expensas del libre arbitrio, abuso , retaliaciones políticas, posiciones de orden personal, y acoso laboral de las autoridades nominadoras. La problemática anterior es abordada en este trabajo investigativo, el cual culmina con el planteamiento de una propuesta jurídica, que tiene la finalidad de garantizar que se cumpla y establezca con claridad las causales para la aplicación de la sanción temporal sin goce de remuneración, so pena de que la autoridad nominadora que actué arbitraria e ilegalmente, sea sancionada con la destitución y hacia allí a donde se dirige el planteamiento propositivo que constituye el aporte principal de este estudio.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleCONVENIENCIA JURÍDICA DE INCLUIR EN LA LEY ORGÁNICA DE SERVICIO CIVIL Y CARRERA ADMINISTRATIVA Y DE UNIFICACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE LAS REMUNERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO (ACTUALEMTE DENOMINADA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO) LAS CAUSALES PARA LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN TEMPORAL SIN GOCE DE REMUNERACIÓNen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
Aparece en las colecciones: Biblioteca FJSA

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