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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDR. FELIPE NEPTALÍ SOLANO GUTIÉRREZen_US
dc.contributor.authorLARA TORRES, ÁLVARO SERAPIO-
dc.date.accessioned2013-10-14T22:57:21Z-
dc.date.available2013-10-14T22:57:21Z-
dc.date.issued2012-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/3558-
dc.description.abstractLA APLICABILIDAD DE LOS TERMINOS EN LOS CONFLICTOS COLECTIVOS EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA, como protección judicial y administrativa en los derechos de los trabajadores por quienes son los encargados de prestarlos a lo largo de la historia han sido los que menos han cumplido en prestar las garantías eficientes que tienden a garantizar los derechos de este sector vulnerable de la sociedad, es así que cada conquista laboral que se ha logrado por parte de los trabajadores ha sido en gran parte para un adelanto en lo que a sus derechos se refiere, pero desafortunadamente ha quedado en letra muerta toda vez que la protección a la cual se hace referencia en el Código del Trabajo, es muy difícil que esta se cumpla a cabalidad. Todo ello conlleva a que no exista una eficiente regulación y efectivice el fiel y estricto cumplimiento de los principios constitucionales a favor de los trabajadores dentro de nuestra Legislación lo que ha hecho que principios constitucionales como el del Art. 33, en lo que respecta a la garantización del trabajo como un derecho y un deber social; así como el Art. 75, del mismo cuerpo legal, que concierne a obtener de la administración de justicia una tutela efectiva, imparcial y expedita, nos encontramos frente a una gran contradicción si el Estado es el encargado de brindar la protección enunciada en líneas anteriores, entra en tela de duda. La interrogante nace porque el tribunal de Conciliación, establecido en el ordenamiento jurídico en materia laboral no garantizan la aplicabilidad de los términos en los conflictos colectivos en la legislación ecuatoriana, en lo más mínimo a proteger al trabajador en una forma administrativa, todos estos errores hacen que los derechos de los trabajadores se vean tremendamente violentados y vulnerados. Y en muchos de los casos los señores Asambleístas, dejan mucho que desear en la creación de cuerpos legales, que lo único a lo que contribuyen es a la saturación procesal y la violación flagrante del Art. 76 numeral 7 de nuestra Constitución de la República, que consagra el debido proceso, y además los Derechos Humanos y los Tratados Internacionales ratificados por los estados a favor de los trabajadores, generando incertidumbre y vulnerando sus garantías y derechos. El estado a través de la Constitución de la República del Ecuador, tiene que asegurar y garantizar el derecho a protección a los trabajadores y no permitir que queden en estado de indefensión; ya que la norma constitucional, como laboral, imponen la obligatoriedad a los funcionarios administrativos, así dispone el Art. 5 del Código de Trabajo, así mismo la estructura jurídica de los conflictos colectivos tienen un orden sistémico y el mismo el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, deberá dar cumplimiento a la estructura del Código del trabajo, cuando se suscita un pliego de peticiones por el incumplimiento del contrato colectivo, por lo tanto es mandatorio que debe cumplirse cumpliendo los principios de celeridad. Mi investigación se encuentra orientada, a establecer la correcta aplicabilidad de los derechos de los trabajadores, por las autoridades administrativas, que tiendan a garantizar el correcto desenvolvimiento de las normas constitucionales y legales, en tal virtud, lo que planteo es una reforma estructural a la institución jurídica al Art. 475 del Código de Trabajo, creando un inciso que ponga fin al pliego de peticiones en un plazo determinado de 60 días, una vez que se haga agotado el dialogo social establecido en nuestra Constitución de la Republica, en el Art. 326 numeral 10, para que haya una correcta protección a todos sus derechos constitucionales y legales.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleLA APLICABILIDAD DE LOS TERMINOS EN LOS CONFLICTOS COLECTIVOS EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANAen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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