Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/3308
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
---|---|---|
dc.contributor.advisor | DR. MAX TANDAZO ENCALADA | en_US |
dc.contributor.author | TORRES MACAS, LUIS FERNANDO | - |
dc.date.accessioned | 2013-10-10T04:34:03Z | - |
dc.date.available | 2013-10-10T04:34:03Z | - |
dc.date.issued | 2012 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/3308 | - |
dc.description.abstract | El derecho a impugnar las resoluciones judiciales es una garantía sustancial del debido proceso expresamente reconocida en el Art. 76, numeral 7, literal m) de la Constitución de la República del Ecuador, que es vulnerada por efecto del Art. 436 del Código de Procedimiento Civil, que en el ámbito de los juicios ejecutivos, que por razones obvias son diferentes de los juicios de ejecución, crea condiciones de discriminación y desigualdad entre la condición procesal de los acreedores y de los deudores, cuando reconoce a los primeros el derecho a acceder a todos los recursos que reconoce el mismo Código para los juicios ordinarios, en tanto al deudor se le da la estrecha posibilidad de recurrir únicamente por vía de apelación, negándole inclusive el acceso al recurso de hecho, lo que lo coloca a aquél en un peligroso estado de indefensión, privándolo de la posibilidad de acceder a instancias superiores especializadas, como se da en la casación, a fin de que remedien los error que al proceder o al juzgar, se hubieren cometido en instancias inferiores. Esto resulta sumamente injusto y lesivo para los derechos de los deudores, pues como se puede apreciar en la práctica procesal, en muchos casos los juicios ejecutivos, en virtud de las excepciones interpuestas por el deudor, referentes a la legitimidad y autenticidad del título ejecutivo o a la existencia y licitud de aquél, se convierten en procesos de conocimiento, que necesariamente requieren de un proceso de juzgamiento en torno a dichas circunstancias en el que con frecuencias se producen errores judiciales, que en honor a los derechos fundamentales de los litigantes deben ser enmendados, pues en caso contrario se producen graves injusticias que resultan contradictorias e inadmisibles en un Estado democráticos de derechos y justicia social, como se proclama el Ecuador en el actual ordenamiento Constitucional. Sobre este problema jurídico, trata en forma detenida la presente investigación, abordándolo desde una perspectiva teórica, doctrinaria, analítica y crítica, y observando la problemática de estudio en el ámbito procesal civil del Ecuador. Finalmente se elaboran las conclusiones y recomen-daciones, que son producto de las certezas que he logrado obtener con respecto al problema de investigación, y como corolario se elabora el correspondiente proyecto de reforma al Código de Procedimiento Civil. | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | LAS LIMITACIONES DEL EJECUTADO PARA IMPUGNAR LOS FALLOS EN PROCESO EJECUTIVO Y EL DERECHO AL DEBIDO PROCESO. PROPUESTA DE REFORMA. | en_US |
dc.type | bachelorThesis | en_US |
dc.tipo.spa | bachelorThesis | es_Es |
Aparece en las colecciones: | UED |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
---|---|---|---|---|
TORRES MACAS LUIS FERNANDO.pdf | 1,22 MB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.