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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorSánchez Vera, María Claudia-
dc.contributor.authorEspinoza Bravo, Leonardo Enrique-
dc.date.accessioned2024-01-23T20:42:55Z-
dc.date.available2024-01-23T20:42:55Z-
dc.date.issued2024-01-24-
dc.identifier.urihttps://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/28842-
dc.descriptionSocial Security is a fundamental right, and therefore the State becomes the guarantor entity to ensure the rights of the worker. It is indicated that the Ecuadorian Institute of Social Security, being an autonomous and decentralized institution, has the power to develop its own regulations and it is there that through Resolution 625 CD IESS in its Art. 25 establishes the exclusion of mediation minutes as valid, fact that motivated the approach of this investigation as to why the mediation minutes are excluded from the registration of untimely developments. The objectives were the doctrinal and jurisprudential analysis of the importance of Social Security and the validity of the Mediation Acts. Likewise, the Arbitration and Mediation Law was analyzed and its validity was established to the point that it has the same effect as a ruling. Before obtaining the results of the field research, inductive and deductive methods were applied, among others, and surveys that allowed the most relevant conclusions to be made, such as that the right to Social Security is an inalienable right; that the Mediation Minutes currently do not include some necessary parameters for their effective objective and compliance; that the same in any field and even more so in regard to labor matters, similar force emerges as a court ruling. Finally, some guidelines were established that should be included in the Mediation Centers, for their effective execution this is establishing the beginning and end of the employment relationship, type of contract that was signed and finally the remuneration that was agreed in the contract, since This will allow the IESS server to verify the points agreed upon in the mediation record and not harm the worker.es_ES
dc.description.abstractLa Seguridad Social es un derecho fundamental, y por ello el Estado se convierte en el ente garantista de velar los derechos del trabajador. Se indica que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social al ser una institución autónoma y desconcentrada tiene la potestad de elaborar su propia normativa y es ahí que mediante la Resolución 625 CD IESS en su Art. 25 establece la exclusión de las actas de mediación como válidas, hecho que motivo el planteamiento de la presente investigación del porque se excluye a las actas de mediación para el registro de las novedades extemporáneas. Como objetivos se plantearon el análisis doctrinario y jurisprudencial sobre la importancia de la Seguridad Social y la validez de las Actas de Mediación. Así mismo se analizó la Ley de Arbitraje y Mediación y se pudo establecer su validez a tal punto que tiene el mismo efecto de sentencia. Previo a obtener los resultados de la investigación de campo se aplicaron los métodos inductivo y deductivo, entre otros y encuestas que permitieron realizar las conclusiones más relevantes tales como que el derecho a la Seguridad Social es un derecho irrenunciable; que en las Actas de Mediación actualmente no incluyen algunos parámetros necesarios para su efectivo objetivo y cumplimiento; que las mismas en cualquier ámbito y más aún en lo que respecta a lo laboral, surge similar fuerza que una sentencia judicial. Finalmente se establecieron algunos lineamientos que deberían incluir en los Centros de Mediación, para su efectiva ejecución esto es el establecer el inicio y fin de la relación laboral, tipo de contrato que se suscribió y finalmente la remuneración que se pactó en el contrato, ya que esto permitirá al servidor del IESS el verificar los puntos acordados en el acta de mediación y no perjudicar al trabajador.es_ES
dc.format.extent68 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Nacional de Lojaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.subjectDERECHO LABORALes_ES
dc.subjectSEGURIDAD SOCIALes_ES
dc.subjectEMPLEADORes_ES
dc.subjectIESSes_ES
dc.titleVulneración del derecho a la afiliación por parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, al no permitir aprobar la novedad de aviso de entrada extemporánea registrada por el empleador, cuando sehayan derivado de un acuerdo arribado mediante las actas de mediación en asuntos laboraleses_ES
dc.typemasterThesises_ES
Aparece en las colecciones: Maestrias FJSA

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