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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2777
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | ABG. DIANA KARINA FEIJO ZARUMA | en_US |
dc.contributor.author | SARMIENTO ZHIMINAICELA, LOURDES ANDREA | - |
dc.date.accessioned | 2013-10-04T20:42:17Z | - |
dc.date.available | 2013-10-04T20:42:17Z | - |
dc.date.issued | 2012 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2777 | - |
dc.description.abstract | En la Constitución de la República del Ecuador, vigente desde septiembre del 2008, en su el artículo 33 prescribe lo relativo al derecho al trabajo y señala que el mismo es un derecho y deber social y económico, como fuente de realización personal y base de la economía, el Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno derecho a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable libremente escogido o aceptado, a pesar de lo mencionado la Ley Orgánica del Servicio Público en el artículo 81, pone limitantes y restricciones en el ejercicio del servicio público a todos sus servidores, en primer lugar a los que hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad, indica que llegaron al tope máximo de su carrera sin posibilidad de ningún ascenso y en cambio a los servidores de 70 años de edad se les obliga a retirarse del servicio y cesar de su puesto, violándose de forma fragante los derechos constitucionales, como lo es el derecho al trabajo ,motivo por el cual nace el presente estudio jurídico, crítico y doctrinario que analizan este problema social llegándose a determinar que deben reformarse dos incisos del artículo 81 de la Ley del Servicio Público; el inciso que estipula que a los 65 años los servidores públicos no pueden ascender y en el que los servidores de 70 años de edad deberán retirarse obligatoriamente del servicio público. Los criterios presentados por los entendidos en la materia concuerdan en manifestar que para que no exista vulnerabilidad del derecho al trabajo del servidor público- adulto mayor; se debe respetar los derechos de los funcionarios públicos en la magnitud de su contexto, el cual podrá de forma voluntaria escoger el tiempo, lugar y momento de su retiro; en el margen del respeto a la igualdad y a la no discriminación de los individuos por ningún concepto estipulado en la Constitución de la República, más aun cuando nos encontramos frente a una Constitución garantista, en la cual se enfatiza en precautelar los derechos de todos sus habitantes y de manera especial precautela los derechos de las personas y grupos de atención primaria, en los que está incluida la población Adulta Mayor, garantizándoles entre otros el derecho a un trabajo remunerado en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones, lo que se contrapone con lo determinado en la Ley Orgánica del Servicio Público. El presente estudio es de gran utilidad e interés en virtud de la aplicación de una serie de medidas que ha implantado el actual régimen tendientes a materializar la salida de funcionarios del servicio público amparados en esta disposición, perjudicando a muchos sectores y causando graves perjuicios en hogares ecuatorianos. | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | VULNERABILIDAD DEL DERECHO AL TRABAJO DEL SERVIDOR PÚBLICO – ADULTO MAYOR, POR LA PROMULGACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO | en_US |
dc.type | bachelorThesis | en_US |
dc.tipo.spa | bachelorThesis | es_Es |
Aparece en las colecciones: | UED |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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