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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2722
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | DR. MG. SC. CARLOS MANUEL RODRÍGUEZ | en_US |
dc.contributor.author | YANCHA CHACHA, MENTOR MOISÉS | - |
dc.date.accessioned | 2013-10-03T04:23:45Z | - |
dc.date.available | 2013-10-03T04:23:45Z | - |
dc.date.issued | 2012 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2722 | - |
dc.description.abstract | El presente trabajo de investigación titulado “REFORMA AL CÓDIGO CIVIL DEL ECUADOR, AL ARTÍCULO 226 EN LO REFERENTE A LA TERMINACIÓN DE LA UNIÓN DE HECHO” lo he seleccionado por ser un problema de actualidad, el mismo que se encuentra inmerso dentro de las disposiciones del libro primero del Código Civil. Anteriormente el aspecto relacionado a las uniones de hecho se encontraba contemplado en la Ley que regula las uniones de hecho en el Ecuador, posteriormente esta ley se incorporó con las últimas reformas al libro I del Código antes mencionado, mediante Suplemento del Registro Oficial Nº 46 del 24 de junio del año 2005, a pesar de ello, considero que todavía existen vacíos jurídicos con respecto a este tema, los mismos que están causando graves daños y perjuicios a las parejas que han decidido unir sus vidas mediante esta figura jurídica de la unión de hecho y que luego de haber convivido algún tiempo, una de las dos personas deciden voluntariamente poner fin a esta relación, dejando a su conviviente e hijos menores de edad en el total desamparo, causando graves daños económicos, psicológicos y sociales; y, sin derecho a que la pareja abandonada pueda reclamar los bines adquiridos por sus convivientes durante el tiempo que duró su relación sentimental; por lo tanto esta problemática debe ser considerada en varios análisis jurídicos y de esta manera poder plantear alternativas de solución que permitan garantizar de manera real y efectiva la seguridad jurídica que gozamos todos los ecuatorianos y ecuatorianas. Por lo anteriormente expuesto, me veo en la imperiosa necesidad de conceptualizar, enmarcar, describir y analizar este fenómeno de transcendental importancia, dentro de los diversos aspectos y contextos, con la finalidad de evaluar objetivamente los recursos con los que se cuentan y de esta manera presentar una propuesta jurídica concreta que permita subsanar las deficiencias que se pudiesen encontrar en el presente Código en estudio con relación a la terminación de la unión de hecho en el Ecuador. Considerando siempre que la familia es un grupo de personas relacionadas por un vínculo de parentesco o afinidad, por lo tanto es el núcleo natural y fundamental de la sociedad, la cual tiene derecho a la protección de la comunidad y sobre todo del estado ecuatoriano. Debemos tomar en cuenta que el concubinato surgió de la costumbre que tenía un hombre de tomar a una mujer como concubina en razón de sus condiciones económicas de este, mientras más riqueza tenía, más derecho a tener varias parejas y la cual por mandato legal no podía convertirse en su esposa, la unión de hecho es considerado a la convivencia o al trato marital que se dan entre un hombre y una mujer sin estar casados legalmente entre sí. En la antigüedad esta unión ha sido mirada como contraria a la pureza, a las buenas costumbres y al interés del Estado. Los hombres y las mujeres libres de vínculo matrimonial que deseen convivir juntos bajo la figura de la unión de hecho, deberán legalizar su situación mediante instrumento público ante un Notario Público o ante un Juez de lo Civil, con un mínimo de convivencia de dos años, que tengan un domicilio fijo, que se traten como marido y mujer; y, que así lo acepten sus parientes, amigos y vecinos. Esta unión genera los mismos efectos jurídicos que el matrimonio, por ende existe igualdad de derechos entre hijos matrimoniales y extramatrimoniales legalmente reconocidos; en tal virtud la figura de la unión de hecho se encuentra plenamente garantizada por la Constitución de la República del Ecuador y el Código Civil Ecuatoriano con iguales derechos y obligaciones que las familias constituidas mediante el matrimonio. | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | REFORMA AL CÓDIGO CIVIL DEL ECUADOR, AL ARTÍCULO 226 EN LO REFERENTE A LA TERMINACIÓN DE LA UNIÓN DE HECHO | en_US |
dc.type | bachelorThesis | en_US |
dc.tipo.spa | bachelorThesis | es_Es |
Aparece en las colecciones: | UED |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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