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dc.contributor.advisorQuito Ramón, Mauricio Paul-
dc.contributor.authorCarrillo Jaramillo, Yesenia Fernanda-
dc.date.accessioned2023-04-27T15:23:28Z-
dc.date.available2023-04-27T15:23:28Z-
dc.date.issued2023-04-27-
dc.identifier.urihttps://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/26921-
dc.descriptionThe present investigation carries out an analysis of the problem that exists with respect to the non-proportionality of the administrative sanctions imposed on environmental infractions typified in the Organic Code of the Ecuadorian Environment, in Articles 323, 324, 325 and 326; regarding the variables of the fine for environmental infractions and the scales of the fines referring to minor, serious and very serious administrative infractions in environmental matters. That they do not establish the sanctioning regime for environmental infractions, under the premise of the Constitution of the Republic of Ecuador, which under the principle of constitutional supremacy, normative guarantees and the right to legal certainty; establishes that legal rules or laws must maintain conformity with the constitutional provision of proportionality. The fines imposed caused by environmental infractions are not proportional, since it is taken into account for the establishment of the same, only the Income Tax declarations caused by the offender; and what I propose should be determined in the sanctions, is the proportionality to the environmental damage caused by the offender, as well as the real proportionality of the economic capacity of the offender; since if we only guide ourselves in the taxes declared to the Internal Revenue Service, these do not reflect in the background the economic capacity of the offender; Rather, the same should be equated in guarantee of the Right to Legal Security, taking other elements that will allow us to be more equitable and proportional in the sanctions. Pretending through a Project, to present a proposal to reform the Organic Code of the Environment in what respects the sanctions of environmental infractions, in a clear, practical and possible way; This was satisfactorily verified thanks to the verification of the problem through the development of the selective dissemination of information and scientific doctrinal theoretical literature; In addition, with the application of the techniques of surveys and interviews, verification of objectives and practical contrast of the hypothesis, verifying the existence of the problem raised, applying methods and techniques of a scientific nature that served to obtain results and substantiate the proposal to reform the Organic Code of the Environment.es_ES
dc.description.abstractEl presente trabajo de integración curricular, titulado “La proporcionalidad constitucional en las sanciones administrativas con respecto a las infracciones ambientales estipuladas en los Artículos 323, 324, 325 y 326 del Código Orgánico del Ambiente”, Respecto a las variables de la multa para infracciones ambientales y las escalas de las multas referentes a infracciones administrativas leves, graves y muy graves en materia ambiental. Que no establecen el régimen sancionatorio a las infracciones ambientales, bajo la premisa de la Constitución de la República del Ecuador que, bajo el principio de supremacía constitucional, de garantías normativas y el derecho a la seguridad jurídica; establece que las normas o leyes jurídicas deben mantener conformidad con la disposición constitucional de la proporcionalidad. Las multas impuestas ocasionadas por las infracciones ambientales, no son proporcionales, ya que se toma en cuenta para el establecimiento de la mismas, solamente las declaraciones del Impuesto a la Renta causados por el infractor; y lo propongo que se debe determinar en las sanciones, es la proporcionalidad al daño ambiental causado por el infractor, así como la proporcionalidad real de la capacidad económica del infractor; ya que sí solamente nos guiamos en los impuestos declarados al Servicio de Rentas Internas, estos no reflejan en el fondo la capacidad económica del infractor; más bien se debería equiparar las mismas en garantía del Derecho a la Seguridad Jurídica, tomando otros elementos que nos permitirán ser más ecuánimes y proporcionales en las sanciones. Pretendiendo a través de un Proyecto, presentar una propuesta de reforma al Código Orgánico del Ambiente en lo que respeta a las sanciones de las infracciones ambientales, en forma clara, práctica y posible; esto se logró satisfactoriamente comprobar gracias a la verificación de la problemática por medio del desarrollo de la diseminación selectiva de información y literatura teórica doctrinaria científica; además, con la aplicación de las técnicas de encuestas y entrevistas, verificación de objetivos y contrastación práctica de la hipótesis, verificando la existencia de la problemática planteada, aplicando métodos y técnicas de carácter científico que sirvieron para obtener resultados y fundamentar la propuesta de reforma del Código Orgánico del Ambiente.es_ES
dc.format.extent106 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Nacional de Lojaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.subject<DERECHO>es_ES
dc.subject<INFRACCIONES AMBIENTALES>es_ES
dc.subject<MEDIO AMBIENTE>es_ES
dc.subject<SANCIONES ADMINISTRATIVAS>es_ES
dc.titleLa proporcionalidad constitucional en las sanciones administrativas con respecto a las infracciones ambientales estipuladas en los Artículos 323, 324, 325 y 326 del Código Orgánico del Ambientees_ES
dc.typebachelorThesises_ES
Aparece en las colecciones: TRABAJOS DE TITULACION FJSA

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