Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2655
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDR. HOMERO JIMBO SOTO. MG.SCen_US
dc.contributor.authorJARAMILLO VILLALTA, JOSÉ MINOS-
dc.date.accessioned2013-10-02T03:10:16Z-
dc.date.available2013-10-02T03:10:16Z-
dc.date.issued2012-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2655-
dc.description.abstractLa Defensoría del Pueblo es una Institución Constitucional en el Ecuador que tiene sus raíces en 1810 cuando Suecia nombra al primer defensor del pueblo o “ombudsman”, con el objeto de garantizar la democracia, luego se le ha ido dando más competencias sobre todo las relacionadas con la defensa de los derechos humanos; en el caso del Ecuador la Defensoría del Pueblo a de propender la defensa de los derechos de los ecuatorianos dentro del país y en el extranjero y de los extranjeros que viven o transitan en nuestro país. Los principios sobre los que se basa la Defensoría del Pueblo son la independencia, accesibilidad, flexibilidad, credibilidad, pero también la gratuidad, informalidad e inmediatez, aplicando los recursos y procedimientos que conlleven a la protección de los derechos humanos de los ciudadanos en el Ecuador. Una competencia específica sobre la que realizo este estudio es la defensa de los derechos del consumidor. En su actuar esta entidad ha de conservar la independencia y autonomía para actuar sólo en pro de la defensa de los ciudadanos. La Constitución del Ecuador, vigente desde 2008, reconoce la institución de la Defensoría del Pueblo, explicitando que la autoridad máxima de esta institución será nombrado y/o destituido por la Asamblea Nacional, claro está cumpliendo con los procedimientos establecidos para el efecto. En la antes citada Constitución, también se confieren ciertas competencias a la Defensoría del Pueblo, algunas son ratificadas por la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; pero en la mayoría de los casos se requiere hacer reformas legales pertinentes para que esta Ley esté a la altura de lo dispuesto en la Constitución vigente en el momento. Dentro del enfoque la investigación que se está haciendo tiene mayor relieve poner en evidencia cuales son los derechos y deberes de los consumidores y cuál es la tarea de la Defensoría del Pueblo de acuerdo a lo establecido en la Ley de la materia y la Ley Orgánica de los Derechos del Consumidor, donde se da competencia a conocer los conflictos entre el consumidor y el ofertante a: la Defensoría del Pueblo; luego, a la Intendencia de Policía y finalmente a los jueces comunes. Ante esta situación es preciso advertir que dejar tan amplia esta competencia da pie a que los trámites sean engorrosos, alargados en el tiempo y que terminen por dejar una profunda insatisfacción en los consumidores que hubieren sido vulnerados en sus derechos lo que en la mayoría de los casos concluye con el abandono de los procesos. Esto, que si bien es cierto al comienzo de esta investigación eran simples supuestos a investigar a lo largo de la investigación de campo y de la revisión de casos, quedó probado. Hay amplia jurisprudencia que ratifica la necesidad de ampliar las competencias a la Defensoría del Pueblo, o de suprimirle esta competencia específica para dársela a la Intendencia de Policía quien tiene quizá mayores posibilidades de efectivizar sus resoluciones e inclusive es quien hace control de pesos, volúmenes, costos cuando se trata de productos de primera necesidad, entonces bien podrían ampliárseles esta función y encargarles la responsabilidad de ser mediador hasta donde se pueda y de resolver con carácter de sentencias sobre las que si quepa la ejecutoriedad y por lo tanto la exigencia de su cumplimiento inclusive usando la fuerza pública. No es menos cierto que en el Ecuador, se debe emprender en la tarea de educar a los consumidores para que exijan sus derechos como requerir la información suficiente sobre el bien o servicio previo a la compra, estar seguros sobre su posibilidad y necesidad de la compra, existen compradores compulsivos y por ello si debe el Estado emprender en una campaña de capacitación y educación a los consumidores; pero también a de emprender en una campaña de educación ética y de valores a los vendedores de bienes y servicios no sólo sobre el bien o servicio que ofertan sino también sobre el trato al consumidor. Hay mucho por hacer y tenemos una profunda responsabilidad ciudadana en la defensa de los derechos de los y las consumidoras.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleINSUFICIENCIA JURIDICA DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO RESPECTO DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDORen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
Aparece en las colecciones: Biblioteca FJSA

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
JARAMILLO VILLALTA JOSÉ MINOS.pdf725,99 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.