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dc.contributor.advisorDR. FELIPE NETPALÍ SOLANO GUTIÉRREZ, Mg. Sc.en_US
dc.contributor.authorCASTRO ENRÍQUEZ, CARMITA MERCI-
dc.date.accessioned2013-10-02T00:35:24Z-
dc.date.available2013-10-02T00:35:24Z-
dc.date.issued2012-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2647-
dc.description.abstractDe la investigación realizada, se desprende que las decisiones del Poder Ejecutivo Ecuatoriano encaminadas a desconocer los derechos de los trabajadores, así como los convenios 87 y 98 de la OIT, tienen la necesidad de revisar determinadas cláusulas, llamadas por el Gobierno Nacional privilegios, revisión a la que siempre han estado dispuestos los trabajadores pero dentro de la naturaleza de la contratación colectiva. Aparentemente se cree que en realidad es desconocer el derecho a sindicalización en el sector público y por lo tanto desaparecer a las organizaciones, sentando un precedente nefasto para las organizaciones sindicales, frente a la privatización de las instituciones y empresas que son parte del patrimonio nacional social. Todos estos hechos fueron denunciados en diferentes espacios internacionales como el Consejo Consultivo Laboral Andino, el Foro Latinoamericano y Caribeño de los Trabajadores de la Energía, entre otros. En donde han resuelto enviar sendas comunicaciones al Presidente de la República exhortándole para que obre el diálogo Social con los trabajadores, como mecanismos idóneos para superar las dificultades y diferencias. Las conquistas laborales son conquistas sociales, nacidas de la lucha y sacrificio de los pueblos y sus trabajadores no de la generosidad o dádiva de ningún gobierno de turno, las decisiones y reformas verticales, caen en la violación de los derechos, y atentan contra la democracia y justicia social. La contratación colectiva en nuestro país no ha sido atendida conforme a lo pactado con las autoridades, los derechos de los trabajadores han sido violados consecutivamente; sin embargo se promulgan los Mandatos 2, 4 y 8, y el Decreto Ejecutivo No 813, que lamentablemente son nocivos para los intereses de los Trabajadores. Las afectaciones en materia laboral se evidencia en el desconocimiento de los Convenios 87 y 98 de la OIT, lo que representa un retroceso de casi 50 y 40 años respectivamente, en avances del Derecho Laboral en el Ecuador. Cabe indicar, que a más de desconocer e irrespetar los avances en derecho laboral, dejan sin posibilidad de defensa a las instituciones y empresas del Sector Público, pues han sido los trabajadores quienes asumieron la lucha de resistencia por impedir la desaparición y privatización del patrimonio de todos los ecuatorianos.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleAVANCE Y RETROCESO DE LAS CONQUISTAS LABORALES EN EL CONTRATO COLECTIVO, SEGÚN EL DERECHO SINDICAL EN EL ECUADORen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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