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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2632
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | DR. MAX TANDAZO | en_US |
dc.contributor.author | RAMÓN GRANDA, ROSA ALEJANDRINA | - |
dc.date.accessioned | 2013-10-01T21:53:13Z | - |
dc.date.available | 2013-10-01T21:53:13Z | - |
dc.date.issued | 2011 | - |
dc.identifier.uri | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2632 | - |
dc.description.abstract | La presente tesis comprende un estudio pormenorizado sobre la problemática de investigación que se ocasiona en razón de la inaplicabilidad de las sanciones alternativas a las que se refiere el Art. 77, numeral 11, de la Constitución de la República del Ecuador, en razón de la impresión del Código Penal, que al enunciar las sanciones aplicables como consecuencias jurídicas del delito en el sistema penal del Ecuador, únicamente contempla penas principales privativas de libertad tanto de prisión como de reclusión, y sanciones accesorias a aquellas, como interdicción de derechos políticos y civiles, sujeción a la vigilancia de la autoridad, privación del ejercicio de profesiones, artes u oficios, e incapacidad perpetua para el desempeño de cargos públicos, pero en ningún momento se señalan aquellas consecuencias judiciales que serían aplicables como sanciones alternativas a las penas privativas de libertad, lo que determina que en razón del principio de legalidad de la pena, estipulado en forma expresa en el Art. 76, numeral 3, de la Constitución de la República del Ecuador, que señala que a nadie se le aplicará una sanción no prevista por la Constitución o la ley, de manera que tanto los jueces de garantías penales, cuando se trata de delitos de acción privada, y los tribunales de garantías penales, cuanto se trata de delitos de acción pública, se vienen negando a aplicar sanciones alternativas a las penas privativas de libertad, aduciendo que ello violentaría el mencionado principio de legalidad, lo que ha causado que el intento de modernización de nuestro sistema penal a través de ideas punitivas de avanzada, se quede en meras declaraciones constitucionales, continuando la aplicación única y exclusiva de las tradicionales sanciones penales que implican la privación indispensable de la libertad, causando grave afección a los derechos fundamentales del reo, creando resentimiento social y perjudicando el derecho de aquél a la rehabilitación social. Esto cobra mayor gravedad, cuando se ha determinado la absoluta ineficiencia y fracaso de la pena privativa de libertad en cuanto a la rehabilitación social del reo, constituyéndose más bien los centros de rehabilitación social en verdaderas escuelas del crimen, por lo que lejos de conseguir la enmienda del delincuente se ha observado que existen altísimos índices de reincidencia, que son una de las causas esenciales para el preocupante aumento de la criminalidad en el Ecuador. | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/ | es_ES |
dc.title | EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD DE LA PENA Y LA IMPREVISIÓN DEL CÓDIGO PENAL EN CUANTO A LA DETERMINACIÓN DE SANCIONES ALTERNATIVAS A LAS PENAS DE PRISIÓN, PROPUESTA DE REFORMA | en_US |
dc.type | bachelorThesis | en_US |
dc.tipo.spa | bachelorThesis | es_Es |
Aparece en las colecciones: | UED |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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RAMÓN GRANDA ROSA ALEJANDRINA.pdf | 12,12 MB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
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