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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDR. RAÚL CELI SOTOen_US
dc.contributor.authorHIDALGO RÍOS, MARÍA DEL CARMEN-
dc.date.accessioned2013-10-01T03:22:45Z-
dc.date.available2013-10-01T03:22:45Z-
dc.date.issued2010-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2568-
dc.description.abstractEn nuestro país existe un marco constitucional y legal que explícitamente protege a las personas que son víctimas de violencia intrafamiliar y sexual, sobre todo a niñas, niños, adolescentes, mujeres, discapacitados y personas de la tercera edad. Las Comisarías de la Mujer y la Familia y la puesta en vigencia de la Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia, abrieron una enorme puerta de acceso de las mujeres a la administración de justicia por infracciones que hasta ese momento no habían sido consideradas como tales. El año 2005 se desarrolló y publicó el reglamento de aplicación de la Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia. Por el contrario está aún pendiente la tipificación de violencia contra la mujer dentro del Código Penal. Pese a las convenciones, declaraciones y convenios que se firmen, no existe una verdadera voluntad política para llevarlos adelante. El contexto ecuatoriano está politizado y está personalizado, pues en muchas ocasiones se conjugan los intereses de los unos (partidos) con los otros (personales), y allí se pierde la perspectiva de país, la perspectiva de derechos humanos, la perspectiva de seguridad ciudadana, y evidentemente, la perspectiva y las demandas de los y las ciudadanas, mucho más en temas que apelan al comportamiento masculino: la violencia contra la mujer y los derechos sexuales y reproductivos. No es por tanto extraño que usuarias de las Comisarías de la Mujer y la Familia se quejen de demora en los trámites, cuando estas judicaturas ni siquiera tienen una computadora o que muchas de las víctimas de delitos sexuales prefieran negociar con los agresores porque saben que la justicia ecuatoriana siempre les falla. Por todos estos aspectos, si bien la existencia de la Ley 103, ha provocado un espacio de respeto legislativo para las mujeres y sus familias con la finalidad de frenar la agresión, es necesario reformar el texto legal armonizándolo con otras normas relacionadas, especialmente en lo que se refiere al trámite para el juzgamiento de contravenciones.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleNECESIDAD DE REFORMAR LA LEY CONTRA LA VIOLENCIA A LA MUJER Y LA FAMILIA, EN LO REFERENTE AL TRÁMITE ESTABLECIDO PARA EL JUZGAMIENTO DE CONTRAVENCIONES POR VIOLENCIA INTRAFAMILIARen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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